Línea 1: Línea de Recomposición Productiva- sin certificado


Es requisito estar inscriptos en el RUPP previo a la fecha de presentación de dicha solicitud.

Destinada a productores que realicen:

Producción agrícola extensiva: hasta 300 hectáreas declaradas como “granarias” en el RUPP.

Producción ganadera bovina (leche/carne): hasta 400 cabezas totales de ganado (según informe de SENASA de acuerdo a lo declarado en el último acta de vacunación de aftosa).

Producción mixta (agricultura extensiva/ganadería bovina): hasta 200 cabezas totales de ganado bovino (según informe de SENASA de acuerdo a lo declarado en el último acta de vacunación de aftosa) y hasta 200 hectáreas de agricultura extensiva declaradas como “granarias” en el RUPP.

Condiciones del Aporte Reintegrable:

  • Monto: hasta $ 700.000
  • Tasa: 0% interés
  • Plazo de reintegro: hasta 12 meses
  • Plazo de gracia: hasta 12 meses

Destino de los créditos:

Adquisición de insumos y servicios vinculados a la siembra/resiembra de los cultivos afectados: semillas de maíz, soja, verdeos, pasturas, combustible, fertilizantes, productos de protección vegetal, silobolsas, bobinas de hilo para rotoenfardadoras, alambre de fardo, pago de fletes para la provisión de agua y animales, limpieza de represas o mejoras en el aprovisionamiento de agua, compra de alimentos (forrajes conservados o concentrados), entre otros.


Link de acceso al Sistema de inscripción (AFEM): https://www.santafe.gob.ar/afem/