Exención de Impuesto Inmobiliario sobre Superficie con Plantaciones de Bosques cultivados
Este trámite se realiza ante la Administración Provincial de Impuestos – API - para solicitar la exención en el Impuesto Inmobiliario o bien la renovación de la misma en los casos de exenciones por período limitado, en el caso de inmuebles con Plantaciones de Bosques o Montes Artificiales, en la parte afectada por los mismos. (Art. 166 inc. i) del Código Fiscal t.o. 2014 y modificatorias)
Requisitos para el trámite:
- Nota solicitando la exención firmada por autoridad con competencia para hacerlo (persona con poder especial, representante legal), donde conste el detalle de las partidas de Impuesto Inmobiliario por las que se solicita la exención. En caso de no concurrir el titular debe contar con firma certificada por entidad bancaria, juez o escribano. Si no cuenta con dicha certificación debe presentarse con Documento de Identidad. La partida es el número de identificación del inmueble en Servicio de Catastro e Información Territorial
- Acreditar personería de quien solicita la exención agregando la documentación pertinente que dispuso su nombramiento o designación
- Original y fotocopia o fotocopia legalizada de la escritura o título de propiedad del o de los inmuebles
- Constancia de inscripción en AFIP (CUIT)
- Certificado Municipal o Comunal de las forestaciones existentes en los predios.
- Tasa Retributiva de Servicios
- Certificación de las forestaciones realizadas y de la superficie afectada extendido por la Dirección General de Desarrollo Foresto Industrial – Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología.
Contacto por la Certificación de las forestaciones realizadas y de la superficie afectada extendido por la Dirección General de Desarrollo Foresto Industrial – Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología:
- Tel/Fax + 54 342 4574919/23
- Correo: coforestal@santafe.gov.ar