Características de la leche recibida en las industrias de Santa Fe
A partir del 1 de julio de 2014 está vigente la Resolución 439, de acuerdo con la cual los operadores lácteos de la Provincia de Santa Fe deben informar el precio abonado por kilo de proteína y el precio abonado por kilo de grasa. Además, la mencionada resolución define como leche estándar la que reúne los siguientes condiciones de composición y calidad:
- Materia grasa: 3,5 g/100 cm3
- Proteínas totales: 3,25 g/100 cm3. Podrá ser expresado en su equivalente en g/100 g tomando para la conversión el valor de densidad (a 15°C) correspondiente
- Célular somáticas </= A 400.00 cel/cm3
- Bacterias totales </= A 100.000 UFC/cm3
- Brucelosis oficialmente libre
- Tuberculosis oficialmente libre
- Residuo de antibióticos negativo
- Índice Crioscópico < A -0,512 °C
- Temperatura 4 °C en tambo
Para poder informar estos valores, las empresas deberán solicitar el usuario y contraseña correspondiente, que les dará acceso al entorno virtual en donde realizar mensualmente la carga de datos correspondiente. El límite de ingreso de información es el día 25 del mes siguiente al informado.
El Ministerio de la Producción, en su calidad de autoridad de aplicación de la Ley de Lealtad Comercial, controlará el cumplimiento de la difusión de los valores para la leche de referencia y la leche recibida por parte de las industrias, a través de la Dirección General de Comercio Interior.