Se prorroga la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario dispuesta por los Decretos N° 0020/22 y 0080/22 desde el día 1° de julio de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023.
Acceso Emergencia Apícola Leer más sobre EmergenciaPromoción, protección y desarrollo de la actividad apícola en la Provincia de Santa Fe a través de la aplicación de la Ley 13.870.
Los productores apícolas que soliciten los beneficios contenidos en la Ley N° 13.870, deberán realizar la presentación de un formulario a modo de declaración jurada, ingresando a Promoción de la Ley Apícola .
Productores apícolas cuyas explotaciones se encuentren ubicadas en la totalidad de los distritos de todos los departamentos de la Provincia de Santa Fe, que se encuentren inscriptos en Registro Único de Producciones Primarias (RUPP).
El Productor apícola deberá presentar:
¿Cuánto cuesta? Gratuito.
Implementación de la normativa vigente donde se declare situaciones de emergencia y/o desastre agropecuario.
Se prorroga la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario dispuesta por los Decretos N° 0020/22 y 0080/22 desde el día 1° de julio de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023.
Los productores apícolas que deseen alcanzar los beneficios de la Emergencia y/o Desastre Agropecuario deberán completar una declaración jurada ingresando a Emergencia Agropecuaria- Sistema de Gestión de Emergencia Apícola. La fecha límite de presentación de las declaraciones juradas de emergencia agropecuaria se extenderá hasta el día martes 28 de febrero de 2023.
A través del Decreto Nº 2476/22 se prorroga la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario dispuesta por los Decretos N° 0020/22 y 0080/22 desde el día 1° de julio de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023 para todas las explotaciones agropecuarias afectadas por el evento climático sequía, que se encuentran ubicadas en todos los distritos de todos los departamentos excepto Gral. López.
Además, se declara en situación de Emergencia y/o Desastre Agropecuario desde el 1 de noviembre de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023 a las explotaciones agropecuarias afectadas por el evento climático sequía, que se encuentran ubicadas en la totalidad de los distritos del Departamento General López, exceptuando a los productores agropecuarios amparados por la Ley N° 14165, cuyas producciones han sido afectadas por un anegamiento permanente, quedando las mismas excluidas de ser contenidas en el marco de un evento adverso de característica transitoria de sequía.
Los productores apícolas que soliciten los beneficios contenidos en la Ley N° 11297, deberán realizar la presentación de un formulario a modo de declaración jurada, ingresando a Emergencia Agropecuaria- Sistema de Gestión de Emergencia Apícola.
Productores agropecuarios cuyas explotaciones se encuentren ubicadas en la totalidad de los distritos de todos los departamentos de la Provincia de Santa Fe, que se encuentren inscriptos en Registro Único de Producciones Primarias (RUPP).
El Productor apícola deberá presentar:
¿Cuánto cuesta? Gratuito.
Desde esta seccion Ud. podrá acceder a diferentes recursos vinculados a la actividad apícola provincial.
El Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de Santa Fe promueve la implementación de las BPA y BPM en las Salas de Extracción de acopio de miel y cera, esta herramienta es fundamental para garantizar la inocuidad de los productos miel y cera que se extractan en las Salas de la Provincia de Santa Fe.
La actividad apícola en el territorio provincial se rige por la Ley 13.870 de Promoción, Protección y Desarrollo de la Actividad Apícola en La provincia de Santa Fe y el Decreto Reglamentario 3165 del 28 de Octubre del 2019.
Esta Mesa como cuerpo consultivo permanente es el ámbito de consensos e institucionalidad de los actores de la cadena apícola santafesina, en ella se encuentran representados los productores por intermedios de sus organizaciones, entidades gremiales, técnico-científicas, de fiscalización, ministerio de educación, exportadores, fraccionadores locales y representantes del poder legislativo.