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El Cupo Laboral Trans/Travesti provincial se llamará "Vanesa Zabala" y abrirá su inscripción el 1 de diciembre

Debe su nombre a la memoria de la travesti asesinada en Reconquista en el año 2013. El formulario de inscripción será publicado en www.santafe.gob.ar

El Gobierno de Santa Fe, a través de su Secretaría de Estado de Igualdad y Género y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, informan que a partir del 1 de diciembre se encontrará abierta la inscripción al registro de aspirantes a ingresar al Estado provincial, correspondiente a la Ley 13902, reglamentada el pasado 8 de septiembre por el gobernador Omar Perotti.

“El cupo laboral trans es un triunfo de las organizaciones y una reivindicación histórica que acompañamos desde esta gestión. Estamos comprometidos y comprometidas, desde el inicio, a reparar vulneraciones y generar las condiciones para que cada persona pueda elegir su proyecto de vida”, sostuvo la directora provincial de Políticas de Igualdad, Nerea Tacari.

“El nombre del cupo surgió de un consenso con referentes y referentas del activismo y militancia travesti-trans, teniendo en cuenta lo que implica el Vanesa Zabala, su travesticidio y la lucha diaria de esta población para erradicar cualquier tipo de violencias por motivos de género e identidad”, finalizó.

Por su parte, la directora de Empleabilidad Inclusiva del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Mónica Chazarreta, sostuvo que “desde la reglamentación de la ley 13902 venimos trabajando en la elaboración del Registro de aspirantes para personas travestis, transexuales y transgénero que deseen postularse para el ingreso al Estado Provincial. El cupo laboral es el resultado de una larga lucha de las organizaciones por acceder a la igualdad de oportunidades, de trato y de cumplimiento de sus derechos. Nuestro compromiso es generar políticas de inserción laboral tanto en el sector público como privado para lograr una sociedad más igualitaria e inclusiva”.

Sobre la ley
La ley N° 13902 tiene por objeto favorecer la inserción y estabilidad laboral de personas travestis, transexuales y transgénero, alentando su contratación y empleo en el sector público y privado a los fines de garantizar el derecho al trabajo.

Además, el decreto de reglamentación estipula que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, conjuntamente con la Secretaría de Estado de Igualdad y Género, dentro de la órbita de sus competencias y en base a los principios de igualdad y no discriminación y pro persona, instrumentará las políticas públicas y programas de gobierno necesarias para garantizar el cumplimiento del objetivo de la mencionada ley.

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