“Esta decisión tan esperada, estratégica y trascendental para la consolidación de la infraestructura, el acceso y la calidad en los servicios de información y comunicaciones, es de vital importancia para el presente y el futuro de las telecomunicaciones”, afirmó.
El funcionario expresó que “la actual Ley de TIC’s N° 27.078 de 2014 se fue aplicando y tuvo sus intervenciones con una DNU de 2015, y hoy con esta decisión vía DNU N° 690 del Presidente Fernández, se pone mayor equilibrio entre las prestadoras y los usuarios, y generando reglas claras de seguridad jurídica para los próximos 20 años”.
Además explicó que “declarar servicio público en competencia a un servicio significa regular la tarifa, que siempre es la condición del contrato más compleja, con mayor controversia, y que genera esa desigualdad. Mientras el prestador siempre cree que cobra poco, el usuario estima que paga mucho. Que ahora el Estado sea el que regule la tarifa, significa que podrá analizar los costos que los prestadores presenten a la autoridad regulatoria, en este caso el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), y los precios de las tarifas deban ser aprobados para luego tener validez en las boletas de los usuarios”.
Consultado respecto a las controversias o futuras demandas e impugnaciones que tenga esta decisión, Aviano aseguró: “No ocurrirán perjuicios y ninguna empresa saldrá dañada por esto. Con las leyes de regulación de otros servicios, como el agua, la energía, el gas, la medicina prepaga, no hay registro de empresa que se haya ido del país, haya dejado de hacer inversiones, o no se haya incorporado a la regulación, debiendo aplicar los procedimientos y sujetarse a la ley”.
Finalmente, el secretario de Comercio Interior y Servicios informó: “A los usuarios que les haya llegado una factura de internet, de celular o de cable y se haya aplicado un aumento, les sugerimos esperar para abonarlas, porque ahora el Enacom deberá generar las normas complementarias para hacer efectiva la declaración de servicio público y el congelamiento de tarifas que dispuso el Artículo 4° del decreto, ya que en el marco de la emergencia hasta el 31 de diciembre los servicios deben valer lo mismo que costaban al 31 de julio de este año; por lo tanto a las santafesinas y santafesinos les pedimos que esperen unos días hasta tanto se expida el ente regulador”.