Dicha disposición se adopta en el marco de la declaración de pandemia emitida por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Emergencia Sanitaria y en atención a la evolución de la situación epidemiológica con relación al coronavirus COVID-19.
Durante los días mencionados, las personas deberán permanecer en sus residencias habituales; deberán abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo y no podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos con el fin de prevenir la circulación y el contagio del virus Covid-19 y la consiguiente afectación a la salud pública.
Por ello, el Ministerio de Seguridad, a través de la policía de la provincia, brindará colaboración a las fuerzas de seguridad nacionales a los fines de garantizar el pleno cumplimiento de lo dispuesto.
En tanto, se declara asueto administrativo al personal de la Administración Central dependiente del Poder Ejecutivo, organismos descentralizados, entes autárquicos e instituciones de la seguridad social, empresas y sociedades del Estado provincial los días 25, 26, 27 y 30 de marzo.
Durante el período de vigencia de las medidas dispuestas y mientras subsista la situación de emergencia, se consideran críticas y esenciales las funciones de quienes se encuentran a cargo de los Ministerios de Salud; Seguridad; Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad, en materia penitenciaria y protección civil; Gestión Pública, relacionadas con el sistema informático provincial y la conectividad del sector público; los servicios de comedores escolares y copa de leche; la Secretaría de Estado de Igualdad y Género; las áreas de Iapos relacionadas a la atención prestacional de afiliados; las empresas y sociedades del Estado provincial que tengan a su cargo la prestación de servicios públicos; los servicios administrativos necesarios para la liquidación de haberes y adquisición de bienes y servicios; personal que cumple funciones esenciales para continuar las obras públicas; las autoridades superiores.
Las personas previamente mencionadas serán provistos de una certificación con sus datos identificatorios al efecto de exhibir cuando le sean requerido en los operativos de control de la circulación.
El decreto también dispone que se prorrogue hasta el 30 de abril del corriente año la validez y vigencia de las habilitaciones, permisos, licencias o autorizaciones que otorga la provincia cuyo vencimiento opere entre el presente y el 31 de marzo y cuya renovación deba tramitarse de manera presencial.