AUTORIZA CON CARACTER DE EXCEPCION AL "AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO" Y A LA PROHIBICION CIRCULAR, EN TODO EL TERRITORIO PROVINCIAL CON EXCEPCION DE LAS CIUDADES DE SANTA FE Y ROSARIO, LAS SALIDAS BREVES PARA CAMINATAS DE ESPARCIMIENTO, EN BENEFICIO DE LA SALUD Y BIENESTAR PSICOFISICO
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