SUSPENDE, CON CARÁCTER PROVISORIO, LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 73 DE LA LEY 12.521, A FIN DE QUE LOS ASCENSOS PENDIENTES DEL PERSONAL POLICIAL CORRESPONDIENTES A LOS AÑOS 2007, 2008 Y 2009, SE REGULARICEN CONFORME A LO ESTABLECIDO POR LA LEY 6769 Y SU RESPECTIVA REGLAMENTACIÓN, RESPETÁNDOSE LAS JERARQUÍAS PREVISTAS EN DICHA LEY. Promulgada el 19-11-2009, Art. 57 de la C.P Publicada en B.O. en 26-11-2009. Origen: P.L.
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