FONDO ESPECIAL: SE CREA PARA LA ATENCION DE LOS GASTOS DERIVADOS DE OPERACIONES QUIRURGICAS DE SUSTITUCION O IMPLANTE DE ORGANOS, EL QUE SERA ADMINISTRADO POR EL MINISTERIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE DE LA PROVINCIA. (EXPTE. 481 P.J. - C.D. Y 39 F - C.S.). Promulgada el 23-01-1991, Art.57 de la C.P.; Publicada en B.O. el 18-02-1991. Origen: P.L.
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