LEY 10.703 - CODIGO DE FALTAS DE LA PROVINCIA (T.O. DECRETO Nº 1283/03): SE INCORPORA EL ARTICULO 61 BIS, SOBRE VIOLACION DE CLAUSURA IMPUESTA POR LA AUTORIDAD COMPETENTE PROVINCIAL, MUNICIPAL O COMUNAL. Promulgada el 19-07-2004, Art. 57 de la C.P.; Publicada en B.O. el 21-07-2004. Origen: P.L.
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