OTORGA UN PLAZO DE (2) DOS AÑOS PARA QUE PUEDAN OPTAR POR SER AFILIADOS A LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE LOS AGENTES CIVILES DEL ESTADO, LAS PERSONAS QUE NO HUBIERAN EJERCIDO SU DERECHO EN LOS PLAZOS PREVISTOS. Promulgada el 05-07-2021, Art.57 CP. Publicada en BO el 07-07-2021.Origen: PL
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