DECRETO; DEPORTES; CODIGO; CLUBES; SEGURIDAD PUBLICA; MINISTERIO DE SEGURIDAD
RÉGIMEN DE SEGURIDAD EN EL FÚTBOL, ESTABLECIDO POR EL DECRETO NACIONAL 1466/97, O LA NORMA QUE EN EL FUTURO LA MODIFIQUE, COMPLEMENTE O REEMPLACE: QUEDAN INCLUIDAS LAS ENTIDADES DEPORTIVAS QUE CUENTEN CON INSTALACIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ESPECTÁCULOS FUTBOLÍSTICOS EN EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA. LEY Nº 10703 CÓDIGO DE FALTAS: MODIFICA EL ARTÍCULO 76 E INCORPORA LOS ARTÍCULOS 77 BIS Y 77 TER. Promulgada el 23-12-2009, Art. 57 de la C.P.; Publicada en B.O. el 30-12-2009. Origen: P.L.
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