COMUNA; MUNICIPALIDAD; FONDOS; GASTOS; MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO
SE FACULTA A MUNICIPIOS Y COMUNAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EN FORMA EXCEPCIONAL PARA EL AÑO 2011, A AFECTAR HASTA EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DEL DESTINO DE LOS INGRESOS PROVENIENTES DEL FONDO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS Y ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTOS Y RODADOS CREADO POR LA LEY 12.385, PARA SER APLICADO A GASTOS CORRIENTES. Promulgada el 31-08-2011, Dto. 1754; Publicada en B.O. el 12-09-2011. Origen: P.L. VER LEY Nro.12984.
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