LEY 6915 - REGIMEN DE JUBILACIONES Y PENSIONES PARA AGENTES CIVILES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE: SE AGREGA EL ART.18 BIS Y SUSTITUYE EL INC. B) DEL ART. 35, SOBRE JUBILACIÓN POR INVALIDEZ Y COMPUTO PRIVILEGIADO PARA EL PERSONAL AERONAVEGANTE AFECTADO A LOS SERVICIOS DE VUELO DE LA PROVINCIA. Promulgada el 04-12-2003, Art.57 de la C.P.; Publicada en B.O. el 15-12-2003. Origen: P.L.
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