PODER JUDICIAL; MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS; PERSONAL; INCENTIVOS; SUELDO - SALARIO; TITULARIZACION
LEY 10820 - REGIMEN SALARIAL DEL PODER JUDICIAL: SE MODIFICA EL ART. 6, AP.6.1.3. SOBRE ADICIONAL POR TITULO DE ABOGADO, PROCURADOR O ESCRIBANO. ESTA LEY FUE DEROGADA POR LA LEY 11196, NUEVA POLITICA SALARIAL PARA EL PODER JUDICIAL. (EXPTE. 337 P.E. - C.S. Y 892 P.E. - C.D.). Promulgada el 09-09-1994, Art.57 de la C.P.; Publicada en B.O. el 13-09-1994. Origen: MGJYC-M1426-C.R.Senadores.
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