ENDEUDAMIENTO; MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO
SE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO Y/O A LAS EMPRESAS, SOCIEDADES Y OTROS ENTES PÚBLICOS A EMITIR LETRAS, PAGARÉS O MEDIOS SUCEDÁNEOS DE PAGO Y/O A REALIZAR OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO POR UN VALOR NOMINAL EN CIRCULACIÓN DE HASTA PESOS DOS MIL MILLONES ($2.000.000.000) O SU EQUIVALENTE EXTRANJERA. Promulgada el 19-11-2015, Dto. 4099; Publicada en el B.O. el 04-12-2015. Origen: MgyRE – M4360
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