MODIFICA EL ARTICULO 13º INCISO 4º DEL DECRETO Nº 291/09 MODIFICADO POR EL ARTICULO 7º DEL DECRETO Nº 274/11 EN DONDE LA RESOLUCION MINISTERIAL O EL TITULAR ENTE AUTARQUICO CONVOCANTE DEBERA PREVER LA VIGENCIA DEL ORDEN DE MERITO LA QUE NO DEBERA SUPERAR LOS 24 MESES
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