CAJA DE JUBILACIONES; PODER JUDICIAL; JUBILACION; PERSONAL; ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL; PODER LEGISLATIVO; TRASLADO; INDEMNIZACION
PERSONAL LEGISLATIVO -LEY 10023- REGIMEN DE RETIRO VOLUNTARIO, TRASLADOS Y REGIMEN ESPECIAL DE JUBILACIONES. Promulgada el 11-06-2001, Art.57 de la C.P.; Publicada en B.O. el 15-06-2001. Origen: P.L. Ver Ley Nro. 11821. Ver Ley Nro.12520. POR LEY 13219 SE SUSPENDE POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA (180) DÍAS LA VIGENCIA DEL ARTÍCULO 3.
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