EX-SOLDADOS COMBATIENTES EN MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, CON DOMICILIO EN LA PROVINCIA: SE DISPONE PRIORIDAD PARA SU ASISTENCIA MEDICA GRATUITA, POR IAPOS; PRIORIDAD EN PLANES DE VIVIENDA PROVINCIALES Y CARGOS PUBLICOS. (EXPTE. 60 U.S. Y 57 C.D. - C.S.). Promulgada el 04-12-1989, Art.57 de la C.P.; Publicada en B.O. el 29-12-1989. Origen: P.L.
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