COMUNA; MUNICIPALIDAD; MINISTERIO DE OBRAS, SERVICIOS PÚBLICOS Y VIVIENDA; IMPUESTO; EXENCIONES; MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN; ENERGIA; COMBUSTIBLES
POLO DE DESARROLLO A PARTIR DE LAS "ENERGIAS LIMPIAS": INSTITUYESE, ENERGIAS RENOVABLES NO CONVENCIONALES. Promulgada el 14-12-2006, Art.57 dela C.P.; Publicada en B.O. el 19-12-2006. Origen: P.L.
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