MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO; MENOR; CODIGO
LEY 10703 - CODIGO DE FALTAS: SE INCORPORA EL ART.120 BIS, SOBRE TATUAJE A MENORES DE 18 AÑOS SIN CONSENTIMIENTO DE QUIENES EJERCEN LA PATRIA POTESTAD.- Promulgada el 04-09-2001, Art.57 de la C.P.; Publicada en B.O. el 11-09-2001. Origen: P.L.
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