DISPONE QUE PODRAN ADHERIR AL REGIMEN DE REGULARIZACION DE DEUDA POR RECURSOS NO TRIBUTARIOS DEL SECTOR PUBLICO PROVINCIAL NO FINANCIERO TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE POSEAN DEUDAS AL 31/12/19 Y POR LOS CONCEPTO MENCIONADOS EN EL ARTICULO 19 DE LEY N° 13977
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