PODER JUDICIAL; MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS; LEYES ORGANICAS
LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN, EL QUE SERÁ EJERCIDO POR EL FISCAL GENERAL Y LOS DEMÁS ÓRGANOS CONTEMPLADOS EN LA LEY. TIENE POR MISIÓN EL EJERCICIO DE LA PERSECUCIÓN PENAL PÚBLICA PROCURANDO LA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE LOS CONFLICTOS PENALES, PROMOVER Y EJERCER LA ACCIÓN PENAL DIRIGIENDO AL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN Y A LA POLICÍA EN FUNCIÓN JUDICIAL. Promulgada el 13-10-2009, Dto. 1924. Publicada en B.O. en 22-10-2009. F.de E. 13-11-2009. Origen: MJYDH M3564 C.R. Diputados
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