LEY 5110 - CAJA DE PENSIONES SOCIALES DE LA PROVINCIA: HACIENDO UN AGREGADO DESPUÉS DEL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ART. 30, APORTES A LA COMISIÓN PROVINCIAL DE REHABILITACIÓN DEL LISIADO. Promulgada 06-01-1966; Publicada en B.O. el 12-01-1966; Origen: M. Salud Pública
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