Delega al Ministro de Economía las facultades para disponer designaciones de Personal Suplente y dejarlas sin efecto, dentro de los límites y condiciones que se establecen en los artículos 2° y 3° del Decreto N°3202/05, ratificado por los artículos 22 y 23 del Decreto N° 0522/13 -IAPOS y Dirección General de Higiene y Salud de los Trabajadores-
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