CAJA DE JUBILACIONES; SECRETARIAS DE ESTADO; JUBILACION; FINANCIACION
REGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL INSTITUIDO COMO ASISTENCIA FINANCIERA DESTINADA A LA CAJA DE JUBILACIONES DE LA PROVINCIA Y CAJAS MUNICIPALES, CONFORME LO ESTABLECE EL ART.26 DE LA LEY 11091 - PRESUPUESTO 1.993 - ESTABLECE SU VIGENCIA A PARTIR DEL 01 01 94. (EXPTE. 139 J.L. - C.S. Y 811 S - C.D.). Promulgada el 04-07-1994, Art.57 de la C.P.; Publicada en B.O. el 08-07-1994. Origen: P.L.
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