Boleto Educativo
Área: Secretaría de transporte y logística.
Objetivo: Garantizar la llegada de estudiantes, docentes y asistentes escolares a los establecimientos educativos, eliminando una potencial barrera de acceso a la educación.
Objetivos Específicos: Garantizar el acceso a la educación a través de la asistencia de las y los alumnos, de las y los docentes y de todo el personal no docente al establecimiento educativo.
Facilitar la inserción de la juventud en el ámbito universitario y generar una política que les brinde una cierta estabilidad económica.
Disminuir el monto que las familias santafecinas destinan al costo de transporte.
Destinatarios: Ciudadanos
Vigencia: Activo
¿Cómo se tramita? La inscripción se realiza 100 % en línea, ingresando a la web https://www.santafe.gob.ar/boletoeducativo o descargado la APP “Boleto Educativo” a través del celular. Para realizar el trámite deberán estar previamente registrados en la ID Ciudadana. Se implementaron además puntos fijos de atención en las ciudades de Rosario, Santa Fe y Reconquista, y se complementa con operativos territoriales en la Provincia.
Para acceder al beneficio son requisitos:
- Ser alumnos/as regulares de los establecimientos educativos declarados.
- En el caso de estudiantes universitarios/as se debe tener al menos una materia aprobada en el año anterior, excepto los/las ingresantes, que no tienen restricciones.
- En caso de docentes y asistentes escolares, prestar efectivamente servicios en los establecimientos declarados.
- En el caso de líneas interurbanas, si la distancia entre la localidad donde reside el beneficiario y la del establecimiento educativo en el cual estudia o trabaja es menor a 60 km, tendrá acceso a 2 boletos por día y si el trayecto es mayor a 60km, tendrá, también, 2 boletos por mes. Se pueden gestionar excepciones a ese límite.
- En el caso de líneas urbanas, tendrá acceso a dos pasajes por día.
- Articulación de la inscripción con municipios y comuna: con la misma inscripción, se accede al medio boleto estudiantil interurbano (Ley N° 13.098) que continúa vigente. Por lo tanto, luego de utilizar los viajes gratuitos del sistema, se puede hacer uso del descuento del 50% que determina el medio boleto.