PROGRAMA DE ATENCION A PERSONAS CON DEPENDENCIA O SEMIDEPENDENCIA
El programa procura asistir a beneficiarios del IAPOS dependientes o semidependientes y a su grupo familiar en sus limitaciones para realizar actividades relacionadas con el autocuidado y la movilidad. Si bien la familia es la responsable de velar por los cuidados necesarios del afiliado en estas condiciones, este programa busca brindar un apoyo económico a fin de favorecer su vida autónoma evitando su institucionalización o acortando los tiempos de internación. En los casos que sea necesario, se evaluará la internación geriátrica o psicogeriátrica debido a que existen ciertas situaciones que requieren este tipo de beneficio.
La autorización de cualquiera de estos beneficios quedará sujeta a una evaluación socio – económica realizada por la obra social, analizando asimismo cada solicitud para asegurar el beneficio más adecuado para cada afiliado.
- Discapacidad Santa Fe (centro y norte provincial): recibe consultas por email a iapos_discapacidad@santafe.gob.ar o por WhatsApp al 3425847035
- Discapacidad Rosario (sur provincial): recibe consultas y otorga turnos para atención presencial por email a iaposbeneficiosdiscapacidad@santafe.gob.ar
Las prestaciones incluidas en el Programa son:
La obra social brinda la posibilidad de contar con asistencia no terapéutica en su propio domicilio, cuando por su situación socio-económica no puedan afrontarla por sus propios medios, incluyendo de ser necesario articulación con el Programa de Cuidados Domiciliarios. Los trámites de solicitud del subsidio se podrán iniciar durante los meses de marzo, julio y noviembre de cada año, con excepción de los pedidos de renovación de beneficios en curso, los cuales podrán ser gestionados en cualquier período del año.
En caso de corresponder, el subsidio se otorgará por un plazo de hasta 8 meses, con posibilidad de renovaciones sucesivas en caso de justificarse desde el punto de vista médico y social. Se abonará por transferencia bancaria al afiliado o persona que este designe mediante poder otorgado ante autoridad judicial o Dirección General de Asuntos Jurídicos del IAPOS
Para solicitar la autorización de este beneficio se deberá presentar la siguiente documentación:
- Ficha de Solicitud de Subsidio Anexo VII
- Fotocopia del documento de identidad del beneficiario con domicilio actualizado.
- Fotocopia del último recibo de sueldo.
- Fotocopia de la Libreta de Familia (en caso que corresponda).
- Fotocopia del Certificado Único de Discapacidad (CUD), en caso de que el beneficiario lo posea.
- CBU del afiliado titular o persona que este designe.
- Historia Clínica actualizada con la correspondiente prescripción médica y Formulario FIM Anexo IV
- En el caso de los afiliados del interior preferentemente deberán adjuntar Estudio Social emitido por Autoridad Oficial Local (Municipalidad, Comuna, SAMCo, otros).
Una vez autorizado el beneficio, los beneficiarios que no sean titulares del IAPOS deberán presentar en forma mensual, para el cobro del subsidio, certificado médico actualizado.
Para la renovación del subsidio se deberá presentar nuevamente la documentación requerida para el inicio de la prestación, a excepción del estudio socio-económico el cual no será solicitado.
Esta prestación se otorgará cuando por razones socio – económicas de la familia no puedan contar con un contexto favorable para su atención. En este caso se debe contar con el aporte al Servicio Complementario.
La autorización del reintegro de geriatría quedará sujeta a evaluación socio-económica de IAPOS. En caso de corresponder se autorizará por 12 meses. Para la renovación se requerirá realizar una nueva presentación.
La documentación necesaria para solicitar el mismo es:
- Ficha de Solicitud – Anexo IX
- Fotocopia del documento de identidad del beneficiario con domicilio actualizado.
- Fotocopia del último recibo de sueldo. Deberá aportar al Servicio Complementario.
- Fotocopia de la Libreta de Familia (en caso que corresponda).
- Historia Clínica actualizada con la correspondiente prescripción médica y Formulario FIM Anexo IV
- CBU del afiliado titular o persona que este designe.
- En el caso de los afiliados del interior preferentemente se deberá adjuntar Estudio Social emitido por Autoridad Oficial Local (Municipalidad, Comuna, SAMCo, otros).
- Presupuesto del Geriátrico elegido por el afiliado. (deberá contar con las habilitaciones del Ministerio de Salud y de la Dirección Provincial de Auditoría Médica)
Una vez autorizado, para el cobro del reintegro se deberá presentar mensualmente, en el área de Reintegros de casa central o en las Delegaciones, Subdelegaciones o Bocas de Expendio de la obra social, la siguiente documentación:
- Solicitud de Reintegro
- DNI o credencial del IAPOS del titular y el paciente (la credencial solo será exigible cuando no pueda determinarse la condición afiliatoria mediante consulta al padrón on line)
- Factura o recibo de la Institución Geriátrica a nombre del titular o persona que realizó el gasto.
- Copia de la autorización del beneficio extendido por la obra social.
La Internación psicogeriátrica con pago directo al prestador se encuentra disponible para pacientes psiquiátricos con alta médica que por razones familiares o sociales no puedan reinsertarse en su medio familiar.
Para la autorización de internaciones psicogeriátricas será necesario presentar:
- Ficha de solicitud – Anexo X
- Último recibo de sueldo del afiliado titular.
- Historia Clínica con el alta médica psiquiátrica, con prescripción para internación en institución geriátrica o psicogeriátrica.
- Presupuesto del Geriátrico o Psicogeriátrico elegido por afiliado – Anexo XI. (deberá contar con las habilitaciones del Ministerio de Salud y de la Dirección Provincial de Auditoría Médica)
La autorización de la prestación estará sujeta a evaluación socio-económica de la obra social.
En caso de corresponder, el beneficio se otorgará por un plazo de hasta 12 meses, luego de lo cual se deberá presentar nuevamente la documentación para la renovación del mismo. La renovación también estará sujeta a evaluación socio-económica.
El Reintegro de gastos por acompañante terapéutico está disponible para afiliados que posean certificado de discapacidad cuya patología justifique el apoyo adicional del acompañante terapéutico.
Para la autorización se solicitará la siguiente documentación:
- Nota del familiar o responsable solicitando el beneficio.
- Copia del Certificado Único de Discapacidad.
- Formulario de Prescripción médica (Anexo XIII) con Historia Clínica que justifique la Cobertura de Acompañante Terapéutico, indicando horas, días y tiempo de tratamiento.
- Formulario de Plan de trabajo terapéutico (Anexo XIV).
- Constancia de Inscripción en AFIP del prestador.
- Fotocopia del Título Habilitante o Certificado Oficial del Profesional que realizará el acompañamiento terapéutico.
- Curriculum Vitae del Acompañante Terapéutico.
- Fotocopia del documento de identidad del titular y beneficiario con domicilio actualizado.
- Fotocopia del último recibo de sueldo y carnet del titular y beneficiario (salvo que quien recepcione la documentación pueda verificar la situación afiliatoria por Sistema y deje constancia de ello).
- CBU del afiliado titular o persona que este designe.
Una vez autorizado, para el cobro del reintegro se deberá presentar mensualmente, en el área de Reintegros de casa central o en las Delegaciones, Subdelegaciones o Bocas de Expendio de la obra social, la siguiente documentación:
- Solicitud de Reintegro (acompañada de fotocopia del documento de Identidad y constancia de CBU de la cuenta presentada por el afiliado para recibir la transferencia en concepto de reintegro)
- Factura o recibo del Prestador.
- Copia de la constancia de autorización expedida por la obra social.
- Planillas de asistencia en original, con conformidad del afiliado o del responsable.
- Informe mensual del profesional médico especialista o de equipo interdisciplinario que supervisa el caso.
El reintegro se autorizará por un periodo de hasta 12 meses, con posibilidad de renovaciones sucesivas, a solicitud del afiliado, cuando su continuidad se justifique desde el punto de vista médico, acompañando informe interdisciplinario de evaluación del período anterior oportunamente autorizado.
PAGO DE COSEGUROS
Los bonos se adquieren en las bocas de expendio, en cajeros automáticos de Red Link o a través de la banca digital del Banco de Santa Fe o adhiriéndose al débito automático en cuenta.
DÉBITO EN CUENTA
Le permitirá realizar la adhesión o deshadesión al débito, consultar los coseguros que fueron debitados por prácticas realizadas y realizar denuncias por prestaciones debitadas que no fueron recibidas.
CAJERO RED LINK / SANTA FE SERVICIOS
Se debe contar con DNI o credencial; tarjeta de débito del Banco de Santa Fe o del Banco Muncipal. Se emitirá un comprobante por la totalidad de bonos solicitados, por lo que si estos son para entregara distintos prestadores y/o diferentes prácticas, se deberá tener la precaución de realizar diferentes operaciones de compra para cada estudio.
BANCA DIGITAL DEL BANCO DE SANTA FE
BOCAS DE EXPENDIO