ELEMENTOS Y SERVICIOS MÉDICOS
El IAPOS contempla la cobertura de los elementos y servicios médicos que requieran sus beneficiarios para el tratamiento y/o resolución de sus patologías.
Como todas las prestaciones, los elementos y servicios médicos requieren una autorización previa. Por esta razón, la prescripción debe contar con diagnostico y/o historia clínica que justifique el pedido del mismo. En la mayoría de los casos también se requiere la presentación de estudios previos.
Los criterios de autorización de los elementos médicos se encuentran basados en evidencia médico-científica y , en muchos casos, se definieron en forma consensuada con prestadores.
Para acceder a la cobertura de algunos elementos médicos no implantables los afiliados deberán contar con el aporte al servicio complementario.
Entre otros elementos e insumos médicos, la obra social reconoce:
- Oftalmología: bandas de silicona, suturas oculares, anteojos recetados (cada dos años), lentes de contacto (cada dos años).
- Cardiología: cardiodesfibriladores, marcapasos, stents, prótesis valvulares y vasculares
- Neuroquirúrgicas: clips para aneurismas, válvulas para hidrocefalias, cánulas, etc.
- Otorrinonaringología: implantes cocleares, prótesis para oído medio, pistón de teflón, diábolos, audífonos, etc.
- Gastroenterología: prótesis, mallas, suturas mecánicas, etc.
- Urología: catéter vesical, reservorio de orina, bolsas de urostomía
- Traumatología: prótesis de cadera, de rodilla, de amputación, corset ortopédicos, férulas, calzado ortopédico, etc.
- Hemoterapia: catéteres, etc.
- Varios: camas y sillones ortopédicos, bastones, andadores, muletas, pañales descartables.
El trámite para requerir la autorización y provisión de estos elementos se realiza, dependiendo el caso, en los centros de atención de la obra social o directamente en las ortopedias adheridas.
En la generalidad de los casos, para solicitar la autorización de los elementos e insumos médicos se requerirá presentar:
- DNI o credencial del IAPOS del titular y el paciente (la credencial solo será exigible cuando no pueda determinarse la condición afiliatoria mediante consulta al padrón on line)
- Último recibo de sueldo del titular cuando sea necesario comprobar el aporte al servicio complementario o cuando no pueda determinarse la condición afiliatoria mediante consulta al padrón on line
- Estudios médicos previos
- Historia clínica
- Pedido médico con diagnóstico, en los siguientes casos:
- Para sillas de ruedas especiales (no estándar), presentar el formulario “Protocolo para solicitud de sillas de ruedas” que se encuentra disponible al pie de esta página.
- Para la solicitud de elementos médicos (camas ortopédicas, sillones de rueda, andadores, bastones, muletas, etc), el pedido médico deberá indicar, en todos los casos, el tiempo de utilización estimado. Si el pedido expresa una indicación de uso menor o igual a los 6 (seis) meses, se autorizará el alquiler por la cantidad de meses solicitados. En caso de que el pedido médico no exprese un periodo de tiempo, se entenderá que es por un período mayor a 6 (seis) meses y se procederá a entregar el elemento en comodato (el mismo deberá ser restituido a la obra social una vez que finalice el motivo que suscitó su pedido y utilización).
- Para cardiología: características técnicas y alternativas del elemento que se solicite
- Para traumatología: características técnicas del elemento
- Los pedidos de elementos médicos que no sean colocados o utilizados en cirugía, requerirán que el afiliado cuente con el descuento del Servicio Complementario en sus recibos de haberes.
Auditoria Médica del IAPOS evaluará la solicitud para su autorización de acuerdo a criterios de utilización basados en evidencia científica, pudiendo requerir otra documentación en el caso de considerarlo necesario, teniendo en cuenta que cada patología depende en ocasiones de la edad, estado general del paciente, otras patologías asociadas, etc.
Se detallan a continuación los elementos médicos, cuya provisión puede gestionarse directamente en las ortopedias inscriptas al sistema de autorización on line. Asimismo, al pie se adjuntan listados estas entidades, con el detalle de los elementos que entrega cada una de ellas, su domicilio y teléfono.
- Almohadón antiescaras con gel.
- Andador plegable con o sin ruedas (comodato o alquiler).
- Aro antiescaras
- Bastón blanco y bastón verde.
- Bastón canadiense, bastón de un punto de madera, bastón trípode (comodato o alquiler).
- Bolsa colectora de dos litros (una cada 3 meses)
- Bota Walker
- Cabestrillo, cabestrillo de Vietnam
- Cama ortopédica, con o sin baranda, con o sin trapecio (comodato o alquiler)
- Cinturón pélvico
- Colchón antiescaras con compresor
- Collar de filadelfia, collar de Schanz
- Corset ballenado con breteles, corset de Knight Taylor, corset topédico ballenado, corset termoconformado
- Elevador de inodoro, inodoro portátil con patas
- Espaldera, faja lumbpsacra ballenada
- Inmovilizador de rodilla, rodillera de neoprene, talonera
- Muñequera de neoprene, talonera
- Muñequera de neoprene
- Par de muletas (alquiler o comodato)
- Plantillas ortopédicas
- Sillón de ruedas estándar con o sin pernera (alquiler o comodato)
- Sillón de ruedas junior con o sin pernera (alquiler o comodato)
- Sillón para baño
- Prótesis mamaria termoconformada externa
- Sondas de foley siliconada
Los afiliados que opten por alquilar el elemento a su cargo pueden requerir luego a la obra social el reintegro de los gastos. Iapos reconoce un monto tope mensual.
Entidades adheridas en Santa Fe
Entidades adheridas en Rosario
Entidades adheridas en San justo
Solicitud de reintegro de elementos médicos
El afiliado titular y su grupo familiar podrán solicitar el reintegro de elementos médicos o servicios cuando por diversas circunstancias lo adquieran en forma particular.
El monto a reintegrar por estos elementos será el que la obra social habría abonado por el mismo, de acuerdo a valores de plaza.
- DNI o Credencial del IAPOS del titular y el paciente (la credencial solo será exigible cuando no pueda determinarse la condición afiliatoria mediante consulta al padrón on line).
- Recibo de sueldo correspondiente al mes anterior de la prestación.
- Constancia del N° de CBU de la cuenta en la cual se realizará el pago.
- Pedido médico original del elemento con diagnóstico
- Fotocopia de Historia Clínica
- Fotocopia de Estudios previos
- Factura B o C o recibo de pago contado con las normas exigidas por la AFIP
- Para reintegro de elementos que se utilizan en cirugía:
-Fotocopia del protocolo quirúrgico
-placas pre y post quirúrgicas
-Sticker del elemento
-Certificado del implante entregado por el médico - Para reintegro de Internación geriátrica se deberá adjuntar el Formulario completo que se puede descargar al pie del trámite.
Para los reintegros de elementos médicos que no sean para ser colocados o utilizados en cirugía, los afiliados deberán contar con el descuento del Servicio Complementario en sus recibos de haberes.
Los beneficiarios de la obra social que por su condición requieran la utilización de pañales descartables podrán requerir la autorización y provisión de los mismos a través de la red de farmacias.
Para acceder a esta cobertura el titular de la obra social debe contar con el aporte al servicio complementario.
Se autorizarán hasta 120 pañales por mes (4 diarios) para afiliados con cobertura general y hasta 180 pañales por mes (6 diarios) para afiliados que posean certificado de discapacidad.
Para solicitar los pañales, el medico tratante deberá completar la ficha de medicamentos electrónica, indicando la cantidad mensual que utiliza. Se deberá adjuntar también la historia clínica que avale el uso de pañales y el certificado de discapacidad si lo posee.
Una vez autorizada la ficha, el afiliado podrá retirar mensualmente la cantidad autorizada para el primer mes con la receta electrónica. Los meses subsiguientes se irán generando automáticamente las recetas hasta el vencimiento de la ficha.
Ingresando en el menú “Mis tratamientos” de la app FarmaIAPOS, se puede ver el estado de la prescripción y, una vez autorizada la ficha, se puede encontrar la receta en el menú “Mis recetas”.
El Instituto reconoce anteojos recetados (cerca y lejos) y lentes de contacto cada dos años. la cobertura tienen un monto tope para cristales (dependiendo del rango), armazón y lentes de contacto.
La solicitud se realiza directamente en las ópticas adheridas.
la documentación para requerir su autorización es:
- DNI o credencial del IAPOS del titular y el paciente (la credencial solo será exigible cuando no pueda determinarse la condición afiliatoria mediante consulta al padrón on line)
- Último recibo de sueldo del titular cuando sea necesario comprobar el aporte al servicio complementario o cuando no pueda determinarse la condición afiliatoria mediante consulta al padrón on line
- Pedido medico con diagnostico e indicaciones
- Estudios previos y/o historia clínica en caso de corresponder
La obra social incluye en su cobertura la provisión de un audífono cada cuatro años para los afiliados que su patología así lo requiera.
Cuando se trate de afiliados menores 18 años o casos especiales debidamente justificados por patología se podrá reconocer hasta dos audífonos previa evaluación de auditoría medica
La documentación que se requiere para su autorización es:
- DNI o credencial del IAPOS del titular y el paciente (la credencial solo será exigible cuando no pueda determinarse la condición afiliatoria mediante consulta al padrón on line)
- Último recibo de sueldo del titular cuando sea necesario comprobar el aporte al servicio complementario o cuando no pueda determinarse la condición afiliatoria mediante consulta al padrón on line
- Estudios fonoudiológicos
- Pedido médico confeccionado por médico especialista en otorrinolarigología. Cuando se trate de afiliados menores 18 años o casos especiales debidamente justificados por patología se podrá reconocer hasta dos audífonos previa evaluación de auditoría médica.
La solicitud de los mismos se realiza directamente en las entidades adheridas, a través de autorización on line. A continuación se informan los datos de contacto de las mismas.
– Santa Fe
- OIR S.R.L. – Domicilio: San gerónimo 3464 (Santa Fe) – Teléfono: 034 4541016
- AMPLITONE S.R.L. – Domicilio: 25 de Mayo 3358 (Santa Fe) – Teléfono: 0342 4559536
- OPTILENT S.R.L. – Domicilio: San Martín 2901 (Santa Fe) – Teléfono: 0342 4530940
- GAES S.A. – Domicilio: Rivadavia 3280 (Santa Fe) – Teléfono: 0342 4566230
- AUDISONIC S.A. – Domicilio: Suipacha 2716 (Santa Fe) – Teléfono: 0342 4522082
- AUDIOLOGIA CENTRAL – Domicilio: J. M. Zuviría 3625 (Santa Fe) – Teléfono: 0342 4895897
- DIM DISPOSITIVOS E INSUMOS MEDICOS – Domicilio: M. Zapata 2744 (Santa Fe) – Teléfono: 0342 4525052
- Mutualidad Argentina de Hipoacúsicos – Domicilio: San Luis 3407 (Santa Fe) – Teléfono: 0342 4810018
– Rafaela
- OPTICA LENCIONI – Domicilio: Av. Santa Fe 425 (Rafaela) – Teléfono: 03492 420821
- INSUMOS MEDICOS RAFAELA – Domicilio: Lavalle 267 (Rafaela) – Teléfono: 03492 451222
- Rosario
- AMPLITONE S.R.L. – Domicilio: Moreno 614 (Rosario) – Teléfono: 0341 4496145
- OPTICA SCHELLHAS S.A. – Domicilio: Córdoba 1077 (Rosario) – Teléfono: 0341 4485344
- IAR AUDIOLOGÍA S.R.L. – Domicilio: Mendoza 2769 (Rosario) – Teléfono: 0341 4242622
- GAES S.A. – Domicilio: Rioja 2133 (Rosario) – Teléfono: 0341 4409800
- AUDISONIC S.A. – Domicilio: 3 de Febrero 1815 (Rosario) – Teléfono: 0341 4215481
- AUDIOMAX S.R.L – Domicilio: Italia 1847 PB (Rosario) – Teléfono: 0341 4855533
- WIDEX ARGENTINA S.A. – Domicilio: Santa Fe 1363 Piso 8 (Rosario) – Teléfono: 0341 4450627/966
- MEDISER SRL – Domicilio: Sarmiento 1409 (Rosario) – Teléfono: 0341 4407741
– Venado Tuerto
- LABORATORIOS ASOCIADOS – Domicilio: Alvear 844 (Venado Tuerto) – Teléfono: 03462 424034
– Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Mutualidad Argentina de Hipoacúsicos – Domicilio: Tte. Gral. Perón 1651 (CABA) – Teléfono: 011 43709600
Solicitud de reintegro de audífonos
El afiliado titular y su grupo familiar podrán solicitar el reintegro de audífonos cuando por diversas circunstancias lo adquieran en forma particular.
El monto a reintegrar por estos elementos será el que la obra social habría abonado por el mismo, de acuerdo a valores de plaza.
- DNI o Credencial del IAPOS del titular y el paciente (la credencial solo será exigible cuando no pueda determinarse la condición afiliatoria mediante consulta al padrón on line).
- Recibo de sueldo correspondiente al mes anterior de la prestación.
- Constancia del N° de CBU de la cuenta en la cual se realizará el pago.
- Pedido médico original del elemento con diagnóstico
- Fotocopia de Historia Clínica
- Fotocopia de Estudios previos
- Factura B o C o recibo de pago contado con las normas exigidas por la AFIP
- Pedido médico original del audífono
- Audiometría original
- Estudio Médico de Selección de audífono mediante prueba de tres elementos de distintas marcas comerciales, como mínimo con la fecha de realización y la firma y sello del médico
Para los reintegros de elementos médicos que no sean para ser colocados o utilizados en cirugía, los afiliados deberán contar con el descuento del Servicio Complementario en sus recibos de haberes.
Cuando la afección de los beneficiarios lo requiera, el IAPOS brindará la cobertura de:
- Oxigenoterapia: tubos y concentrador de oxígeno, mochila de oxígeno, otros.
- Terapia con oxígeno hiperbárico.
Como todas las prestaciones, estos servicios requieren una autorización previa. Por esta razón, el pedido médico debe tener un diagnóstico y/o historia clínica que justifique el mismo. En la mayoría de los casos también se requiere la presentación de estudios anteriores.
El trámite de autorización de oxigenoterapia se realiza directamente en la empresa que le proveerá el servicio.
– Rafaela
- GRUPO INBIO S.A. – Teléfono: 03492 – 15663991 – Rivadavia 370
– Rosario
- VITALAIRE (AIR LIQUIDE) – Teléfonos: 0342 4892650 / 4892851 – 0341 4582800 – atencion.vitalaire@airliquide.com
– Santa Fe
- CIRUGIA LITORAL – Domicilio: Balcarce 1824 – Teléfonos: 0342 4520634 / 4531376
- FB SALUD – Domicilio: Pedro de Vega 2162 – Teléfono: 0342 4603640
– Paraná
- TMD TERAPIAS MEDICAS DOMICILIARIAS – Teléfonos: 0343 4364110 / 4365811 / 0341 156011510 / 0341 2755487
– Venado Tuerto
- SAN FRANCISCO – Domicilio: Juan B Justo 248 – Teléfono: 03462 15314113
La solicitud de autorización de terapia con oxígeno hiperbárico se realiza en la obra social. Los prestadores son:
– San Jerónimo Sud
- APREPA – Domicilio: Avda. 1 de Junio 464 – Teléfono: 0341 4909105
– Santo Tomé
- Centro de Medicina Hiperbárica San Ignacio de Loyola – Domicilio: Mariano Candioti 4505 – Teléfonos: 0342 4741032 – 4740034 – 4743173
– Rosario
- OXIBARIC HEALTH – Domicilio: Balcarce 1173 – Teléfono: 0341 4237372 – 4237373
En todos los casos la documentación a presentar para su autorización es:
- DNI o credencial del IAPOS del titular y el paciente (la credencial solo será exigible cuando no pueda determinarse la condición afiliatoria mediante consulta al padrón on line)
- Último recibo de sueldo del titular cuando sea necesario comprobar el aporte al servicio complementario o cuando no pueda determinarse la condición afiliatoria mediante consulta al padrón on line
- Estudios médicos previos
- Historia clínica
- Pedido médico con diagnóstico.
Para oxígenoterapia: formulario correspondiente, completado por el neumonólogo tratante y consentimiento informado completo y firmado por las partes. El formulario y el consentimiento informado se pueden descargar al pie de esta página.
Iapos estableció las pautas para la aplicación de un servicio para afiliados en riesgo de desnutrición y que no son capaces de suplir con la alimentación natural o suplementación. Asimismo se contemplan situaciones en las que por trastornos del metabolismo el afiliado debe recibir alimentación especial.
La cobertura consiste en un conjunto de procesos terapéuticos brindados por profesionales tendientes a mantener un adecuado estado nutricional a través de administración de nutrientes por vía digestiva.
Los módulos que integran esta prestación están pensados para prevenir la desnutrición de aquellos afiliados cuya situación clínica no le permite contar con un óptimo estado nutricional y alcanzar buenos índices calóricos – proteicos.
El servicio comprende 10 módulos distintos de acuerdo : Modulo nutrición enteral domiciliaria alta complejidad, Módulo nutrición enteral domiciliaria baja complejidad, Módulo nutrición enteral domiciliaria pediátrica, Módulo disfagia, Módulo soporte oral complementario, Módulo alimentación parenteral (incluye provisión de acceso Vascular), Módulo alergia a la proteína alimentaria, Módulo trastorno de la conducta alimentaria, Modulo cetogénico y Módulo perioperatorio de cirugía mayor.
La prestación incluye atención médica, nutricional y de enfermería permanente mientras dure el servicio, provisión de insumos necesarios para la implementación, sondas y descartables relacionados al acceso.
Para acceder a la cobertura se debe concurrir directamente a los prestadores inscriptos llevando las indicaciones del profesional responsable de la atención del paciente. El beneficiario deberá entregar en la empresa prestadora una orden de internación o los bonos asistenciales que correspondan de acuerdo al modulo autorizado. Ver aranceles por prestación y coseguros
La documentación requerida requerida para el inicio del servicio es la siguiente:
- DNI o credencial del IAPOS del titular y el paciente (la credencial solo será exigible cuando no pueda determinarse la condición afiliatoria mediante consulta al padrón on line)
- Solicitud del módulo correspondiente, elaborado y firmado por el profesional responsable
- Informe con justificación del servicio solicitado, elaborado y firmado por el profesional habilitado por la obra social, responsable de la práctica.
El informe deberá contener la siguiente información:
- Datos de la empresa que brinda el servicio, del profesional a cargo de la indicación y del profesional encargado del seguimiento.
- Identificación completa del afiliado; teléfono y domicilio (para realizar auditoría de terreno si la obra social lo solicita).
- Fecha de inicio de la prestación
- Tiempo requerido de asistencia
- Modalidad de visita (frecuencia) y lugar.
- Insumos entregados especificando el período
- Estudios complementarios que sustenten el diagnóstico (módulos que lo requieren de forma excluyente: trastornos de la conducta alimentaria, dieta cetogénica, alergia a la proteína alimentaria
- Plan de atención nutricional, que deberá incluir:
1. Historia clínica: antecedentes patológicos y resumen clínicoterapéutico de la enfermedad actual
2. Evaluación y diagnóstico del estado nutricional
3. Estimación de los requerimientos nutricionales y metas a lograr
4. Vía de alimentación y fórmula nutricional a utilizar
5. Indicación para el consumo de insumos (nutroterápicos, espesantes, bolsa de NP)
6. Firma y sello del profesional solicitante
- Plan de tratamiento de los equipos interdisciplinarios.
Documentación requerida para la solicitud de continuidad del servicio:
Se deberá presentar la solicitud de prórroga del módulo correspondiente, y un informe con la evolución mensual elaborado y firmado por el/los profesionales que realizan el seguimiento (médico o Lic. en nutrición). Ambos documentos deberán adjuntarse en el Sistema Informático de la Obra Social (SIOS) para auditoría. En caso de suspenderse el servicio por un plazo mayor o igual a seis meses, la nueva solicitud se considerará como reinicio, debiendo cumplir con los requisitos inherentes al mismo.
El informe deberá contener la siguiente información:
• Evolución del paciente en cada visita que incluya fecha, registro objetivo (o subjetivo) del estado nutricional y de la conducta y tolerancia alimentaria.
• Eventos clínicos relevantes (requerimiento de internación o cualquier otra situación que signifique un cambio en la situación clínica y/o nutricional del paciente)
• Intervenciones del profesional a cargo del seguimiento en cada visita y colaboración por parte del paciente, familiares, cuidadores, etc. Para llevar a cabo el plan de atención nutricional.
• Registrar si es necesario, un cambio en los objetivos y/o nueva indicación.
Los empresas prestadoras del servicio son:
- NUTRI – HOME – Domicilio: San Martin 3351 (Santa Fe) – Teléfonos: 0342 4522038 / 4530563
- NUTRI – MED – Domicilio: 4 de Enero 3200 (Santa Fe) – Teléfonos: 0342 4555667 / 4561821
- NUTRI – CARE – Domicilio: Gral. Guemez 3046 (Santa Fe) – Teléfono: 0342 4123360 / 4123448 / 154 478023
- N.A. Sociedad de Hecho – Domicilio: Moreno 2393 (Rosario) – Teléfonos: 0341 5688348 / 0341 4813637
- NUTRILL SA – Domicilio: Bv. Argentino 8951 (Rosario) – Teléfono: 0341 153457163
- NUTRI HOME – Domicilio: Zeballos 431 (Rosario) – Teléfono: 0341 4406220