Informamos que, mas allá de las nuevas modificaciones en el impuesto a las ganancias, aquellos beneficiarios que venían presentando el F572 web completando el punto 5 – Beneficios, deberán continuar haciéndolo por el periodo enero – diciembre para mantener su condición y no perder el beneficio anualde la deducción específica (equivalente a ocho haberes mínimos de Anses).