Pensión para personas travestis, transexuales y transgénero mayores de 35 años - Ley 5110
Este beneficio asiste a personas travestis, transexuales y transgénero mayores de 35 años que están en situación de vulnerabilidad social y que hayan procedido o no, a la rectificación registral del sexo, nombre de pila e imagen de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nacional 26743.
El Ministerio de Igualdad, Género y Diversidad de la Provincia será el encargado del inicio del trámite y quien acreditará las condiciones para el otorgamiento del beneficio. El monto del mismo será equivalente al establecido para el artículo 3° de la Ley 5110.