Residencias privadas
La Dirección Provincial de Personas Mayores otorga habilitación a residencias privadas con y sin fines de lucro. Se enmarca en los decretos 2719/77 y 2091/80 para residencias de larga estadía de personas mayores autónomas y autoválidas según el cuadro de evaluación de residentes. La misma se gestiona en las oficinas de conducción central y delegación zona sur.
A las mismas pueden acceder las personas mayores de 60 años en estado de vulnerabilidad; autoválidos y semi-dependientes leves. A ellos se les brinda internación y atención integral y permanente, lo que incluye alojamiento, alimentación, vestimenta, medicamentos y atención médica y multidisciplinaria.
Requisitos para la firma de convenios
Las organizaciones que deseen suscribir convenios con el Estado deben presentar la siguiente documentación:
- Nota justificando el pedido, dirigida a la Dirección Provincial de Personas Mayores, solicitando la suscripción de un convenio; firmada por el Presidente, Secretario de la institución.
- Fotocopia certificada de los DNI de las autoridades que firman la nota.
- Para internación permanente: ficha única de beneficiarios que demandan internación.
- Ficha Única de Beneficiarios de la población de personas mayores que recibirán la atención.
- Documentación institucional
Toda fotocopia debe estar debidamente autenticada por el Poder Judicial.
Descargar: Listado de hogares de privados habilitados con fecha de vencimiento