Transparencia activa
La transparencia activa se define como la publicación de información por parte de los organismos públicos por iniciativa propia, es decir, sin que ninguna persona o institución así la solicite. Contribuye a una mayor transparencia de la gestión pública y, por otro lado, al control y evaluación por parte del ciudadano de los actos de gobierno. Esta publicación de información que se produce a instancia de los propios órganos estatales puede darse en forma voluntaria o bien puede estar determinado como una obligación legal, tal como sucede en nuestra provincia dentro del ámbito del Poder Ejecutivo donde la transparencia activa ha sido expresamente regulada en el Capítulo IV del Decreto Provincial N° 692/09.
En dicha norma se reconoce asimismo y se impone forma expresa el principio de “Máxima Divulgación“, detallándose a su vez la información mínima que deben publicar los organismos de la administración centralizada y descentralizada, a saber: estructura orgánica; nómina de funcionarios que ocupan cargos políticos; organigrama; misiones y funciones; ubicación de los lugares donde el público podrá hacer propuestas y requerimientos; marco normativo, incluyendo las normas y reglamentos internos, así como interpretaciones de aplicación general adoptadas; funciones de policía; llamados a licitaciones y concursos; trámites y sus formularios; mecanismos de participación ciudadana.
Con base en lo anterior, el Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos lleva a cabo acciones de promoción de la transparencia y comunicación al ciudadano de la acción de gobierno, en coordinación con las áreas pertinentes del Ministerio de Gestión Pública.
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