Pensión para bomberos voluntarios
Es un beneficio que el Estado Provincial otorga a aquellas personas que se hayan encontrado desarrollando tareas como bomberos, al menos durante 20 años de servicio.
Iniciación del Trámite: Deberá presentarse en la Asociación de Bomberos Voluntarios o Cuartel donde prestó servicios.
Requisitos:
Opción 1: Pertenecer como miembro de los cuerpos activos de Bomberos Voluntarios
- Haber cumplido 25 años de servicio -continuos o discontinuos
- Tener 50 años de edad.
Opción 2: Tener 55 años de edad
- Contar con un mínimo de 20 años de servicio continuo o discontinuo.
Opción 3: Todos aquellos que en un acto de servicio hayan sufrido un accidente que les provocó una incapacidad física y/o intelectual para el desempeño de cualquier actividad compatible con sus aptitudes profesionales a la fecha del infortunio. Cualquiera fuera su edad y antigüedad.
Documentación
- Certificación expedida por la Asociación de Bomberos Voluntarios o Cuartel de la prestación de servicios.
- Constancia de la Federación Santafesina de Bomberos Voluntarios que acredite el ingreso y la prestación de dichos servicios.