Fundamentos del Programa
El esquema planteado para el desarrollo de un Programa de Formación Ambiental se inserta en un conjunto de conceptos que tienden a modificar las estructuras tradicionales de las gestiones de gobierno. Este esquema se inserta en la innovación del modelo de gestión a través de la regionalización, descentralización y fundamentalmente la participación ciudadana.
En paralelo, se consideran relevantes ciertos aspectos relacionados a la evaluación y planificación territorial que demandan acciones específicas a los efectos de determinar con precisión y participativamente, las características de un territorio diverso cuya ubicación geográfica determina marcadas diferencias en la distribución de sus recursos naturales, densidad poblacional, idiosincrasia, potencialidades y debilidades.
En este contexto se considera el Ordenamiento Ambiental del Territorio como un eje central para orientar las decisiones que deben transformase en acciones o decisiones políticas tendientes a una transformación positiva de la realidad, razón por la cuál señalaremos al menos cuatro situaciones notorias:
- Aquellas producciones y tecnologías que establecen relaciones armónicas con el entorno, deberán estimularse.
- Aquellas actividades que deben cambiar sus tecnologías o modalidades de producción por que generan efectos negativos sobre el ambiente o la calidad de vida de las personas (Por ejemplo: erosión o contaminación).
- Aquellas que definitivamente debe erradicarse de un determinado lugar por que sus efectos negativos no pueden ser adecuadamente procesados o neutralizados por el medio.
- Aquellos recursos que constituyen una potencialidad que en el actual estado de situación no son utilizados o son subutilizados. Este conjunto de situaciones son definidas territorialmente a través de la identificación y puesta en valor de las condiciones que impone el medioambiente físico biológico que son las regiones naturales o ecozonas de la Provincia de Santa Fe.
La planificación “es el acto que precede y preside a la acción". De esta manera, planificar significa transitar por un proceso que comprende dos etapas indisociables, por una parte, la planificación define, diseña y prevé claramente aquello que se va a realizar; por otra, orienta, gestiona y dirige las acciones posteriores que tratan de lograr el objetivo.
Por su parte, adoptar un enfoque estratégico implica asumir una visión orientada a la acción y caracterizada por una multiplicidad de perspectivas en forma integrada (es decir, superadora de los enfoques sectoriales), que involucra vínculos transdisciplinarios e interinstitucionales y los pone al servicio de la construcción participativa de un horizonte futuro, lo cual conlleva un cambio cultural. La actividad es la planificación, lo estratégico es el enfoque.
La planificación estratégica territorial es una herramienta de análisis, participación ciudadana y toma colectiva de decisiones cuya importancia decisiva radica en la perspectiva a partir de la cual aborda las ideas de cambio/transformación.
Cambiamos para hacer, y hacemos para cambiar. Al planificar estratégicamente reaccionamos frente al cambio, pero no actuamos en función de esas reacciones, sino que invertimos su impacto con el objeto de liderar el proceso y estructurarlo en torno a determinadas propuestas de cambio que nos son propias. Se trata de producir un marco de referencia compartido, y para este cambio de referencia la elaboración de las cuentas del patrimonio natural serán de un gran aporte, ya que sabremos cual es nuestro potencial, cuanto utilizamos cuanto nos queda y que otras potencialidades podríamos estar utilizando y a las que aún no hemos accedido por impericia o desconocimiento.
La inserción al mundo nos expone hoy a un creciente grado de complejidad. Cuanto mayor sea la integración mundial, mayor será también la necesidad de atender responsablemente la agenda de temas claves internacionales, tales como la vulnerabilidad e inestabilidad social; la violencia; el agotamiento y reinvención del Estado; la gestión de nuevos instrumentos para la gobernabilidad; el impacto del cambio climático (con la consiguiente reducción en los suministros de agua, alimentos y energía por persona); y el aumento de los flujos migratorios debido a las características de las transformaciones políticas, ambientales y socioeconómicas.
Santa Fe se reconoce profundamente integrada al mundo, y asume con protagonismo los desafíos de transformar su territorio en un renovado espacio de oportunidad. Para este desafío debe profundizar los principios del ordenamiento ambiental del territorio, donde se destacan las oportunidades que brindan las potencialidades, (si se consideran y respetan las restricciones). Para ello también deben analizarse más detalladamente los elementos que conforman los ecosistemas y sus recursos para lograr difundir el manejo integral que aumenta sustancialmente su aprovechamiento desde la perspectiva de un manejo sustentable que deriva en los productos de ellos obtenidos, incentivando la inversión y la ocupación. La educación ambiental es una herramienta central en este criterio de intervención.
Con un manejo sustentable del potencial que brinda la biodiversidad se podrá hacer uso de las ventajas comparativas para superar una la tendencia actual, muy centrada en utilizar en forma generalizada el monocultivo que introduce la degradación socioeconómica y ambiental de la sociedad en su conjunto, favoreciendo a pocos. El manejo integral supone también destacar las riquezas y privilegiar el manejo regional.
Este aspecto se aborda desde la perspectiva de repensar el territorio provincial a partir de un concepto orientador único, pero regionalizando los aspectos operativos para lo que se propone la conformación de cinco regiones organizados en torno a cinco nodos. Los nodos son núcleos de articulación, concentración, distribución y redistribución de capacidades, información y recursos; las relaciones que establecen (tanto entre sí como con los demás actores del territorio) no comportan ningún tipo de jerarquía ni aparecen sujetas a pauta formal de jurisdicción, sino más bien como una centralidad operativa regional. De todas formas poseen estas regiones cierto grado de homogeneidad que permite una utilización acorde.
La formación ambiental es concebida en este contexto como un eje transversal insoslayable en orden a la búsqueda de una integralidad que promueva mayor sustentabilidad en los procesos de intervención propios de la modificación antrópica del territorio, e inherente a la adopción de criterios y medidas en las acciones de gobierno.
Santa Fe presenta fortaleza legal para desarrollar este programa. La Ley Provincial 11717 de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable junto a un cuerpo de otras regulaciones constituyen en su conjunto el cuerpo de la normativa habilitante:
- El Capitulo II “Autoridad de Aplicación”, establece dentro de sus funciones instrumentar registros con competencias ambientales de ONG y Organismos oficiales, de consultores peritos y expertos, y el Sistema Provincial de Información Ambiental como una base de datos intersectorial
- El Capitulo III “Consejo Provincial de Medio Ambiente”, conformado por representantes de la sociedad, junto a los Comités Técnicos, actúa como órgano asesor consultivo no vinculante de las autoridades ambientales en el establecimiento de la política provincial
- Capitulo V “Mecanismos de Participación ciudadana”, a través de las Audiencias Públicas donde se debaten los aspectos que hacen al impacto ambiental de los proyectos o actividades y a las acciones necesarias para prevenir y mitigar, los Parlamentos Estudiantiles y los Protectores Ambientales como colaboradores en actividades de educación.
- Capítulo VI “Educación y Medio Ambiente”, referido a la educación obligatoria sistemática, formal y no formal, y en la capacitación de la administración pública.