Derechos Humanos-Personas Desaparecidas: Solicitud de indemnización

Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.

¿En qué consiste?

El presente trámite permite gestionar una indemnización a los causahabientes o herederos de personas que se encuentren en situación de desaparición forzada o que hubiesen fallecido como consecuencia del accionar de las fuerzas armadas, de seguridad o de cualquier grupo paramilitar, con anterioridad al 10 de diciembre de 1983, en el marco de la Leyes 24411 y 26524.

El plazo para iniciar los trámites ha sido prorrogado por la Ley 26521 hasta enero de 2011.

Ver Ley Nacional 24411

Destinatario/s:

Los causahabientes o herederos de personas que se encuentren en situación de desaparición forzada o fallecidos como consecuencia del accionar de las fuerzas armadas, de seguridad o de cualquier grupo paramilitar, con anterioridad al 10 de diciembre de 1983.

¿Qué necesito para realizarlo?

  • Nota de iniciación del trámite dirigida al Secretario de Derechos Humanos, firmada por el solicitante
  • Fotocopia del DNI del solicitante del beneficio certificada en Tribunales (frente y dorso del DNI Tarjeta, u hojas 1º, 2º y con cambio de domicilio si lo hubiere del DNI Libreta)
  • En caso de Personas Ausentes por Desaparición Forzada además de la documentación mencionada anteriormente, se debe presentar:
  • Formulario D de solicitud del beneficio, con firma del solicitante, certificada en tribunales
  • Formulario de solicitud de certificado de denuncia en la CONADEP según Ley 24321. En caso de no existir la denuncia en dicho organismo, presentar el Formulario de solicitud de apertura del trámite de denuncia en la CONADEP
  • Fotocopia de Sentencia Judicial de Ausencia con Presunción de Fallecimiento o de Ausencia por Desaparición Forzada, certificada en Tribunales
  • Fotocopia de Declaración de Causahabientes o Declaratoria de Herederos, certificada en Tribunales
  • Declaración Jurada por cada uno de los causahabientes o herederos, con firma certificada en Tribunales

En caso de Personas Fallecidas además de la documentación mencionada en el primer párrafo, se debe presentar:

  • Formulario F de solicitud del beneficio, con firma del solicitante certificada en Tribunales
  • Fotocopia de Partida de Defunción, certificada en Tribunales
  • Pruebas que acrediten que la muerte fue por el accionar de las fuerzas armadas (de carecer de las pruebas, todo dato orientador a partir del cual esta Secretaría pueda iniciar la investigación)
  • Fotocopia de Declaración de Causahabientes o Declaratoria de Herederos, certificada en Tribunales
  • Declaración Jurada por cada uno de los causahabientes o herederos con firma certificada en Tribunales

¿Cuánto cuesta?

Gratuito.

En la Oficina de Certificaciones de Tribunales, las certificaciones de fotocopias tienen un costo de $2,00 (pesos dos) por fotocopia y las certificaciones de firmas $10,00 (pesos diez) por firma.

Se aclara que el formulario debe ser firmado por el peticionante, delante de la autoridad competente.En el caso de las fotocopias, para la certificación de las mismas éstas deben ir acompañadas de los originales correspondiente.

¿Dónde se realiza?

Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, Dirección Provincial para la Reconstrucción de la Memoria Histórica.

Ciudad de Santa Fe:

Mendoza 3443 (S3000EXW)
Teléfonos: 54 - 342 - 4574911 - 4574915 - 4574916 - 4574917 - 4574918
Horarios de atención al público: desde 07:00 hasta 14:00

Ciudad de Rosario:

Moreno 1056 (S3000EXW)
Teléfono: 54 - 341 - 4721468
Horarios de atención al público: desde 07:00 hasta 14:00

Línea Gratuita las 24 horas: 0800-555-3348

Observaciones:

Según la Ley 24441, se entiende por desaparición forzada de personas, cuando se hubiera privado a alguien de su libertad personal y el hecho fuese seguido por la desaparición de la víctima, o si ésta hubiera sido alojada en lugares clandestinos de detención o privada bajo cualquier otra forma del derecho a la jurisdicción.

Normativas relacionadas:

Ley Nacional 24411/1994 - Indemnización por personas desaparecidas o asesinadas
Ley Nacional 26564/2009 - Desaparición Forzada de Personas
Ley Nacional 26521/2009 - Indemnizaciones. Desaparición forzada de personas

¿Te quedó alguna duda?

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