Matrimonio: Celebración e inscripción en Registro Civil
Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.
¿En qué consiste?
Este trámite consiste en la realización de un acto jurídico entre dos personas que posean capacidad para casarse y que no tengan ninguno de los impedimentos establecidos en el Código Civil y Comercial para ello.
¿Qué necesito para realizarlo?
Para solicitar turno los contrayentes deberán presentarse 30 días antes de la fecha de celebración elegida de Lunes a Viernes de 7:30 a 12:30 hs. Sin turno previo y por orden de llegada en:
Santa Fe:
- San Luis 2950
- Seccional 3°: Hernandarias 1017
- Sección 4º: Estanislao Zeballos 4063
Rosario:
-
Salta 2752 - Pueden solicitar turno para matrimonios fuera de las oficinas del Registro Civil quienes tengan domicilio en Rosario, Villa
Gobernador Gálvez, Alvear, Pueblo Esther, Roldán, Funes, Piñero, Zavalla, Pérez, Soldini y Granadero Baigorria.
- Distritos Rosario: Presencial por orden de llegada de 8:30 a 13:30 hs.
- Noroeste: Av. Provincias Unidas 150 bis
- Sur: Uriburu 637
- Sudoeste: Av. Francia 4435
- Oeste: Pte. Perón 4602
- Norte: Warnes 1917
- Centro: Wheelwright 1486
Otras localidades: Consulte en la Oficina del Registro Civil y/o Juzgado Comunitario correspondiente.
Requisitos:
- Presentarse ambos con DNI
- Datos de los padres (N° de DNI, nombre completo, domicilio y ocupación)
- Si poseen hijos en común, deberán acompañar acta de nacimiento de los mismos.
- Testigos con DNI al momento de la celebración:
- Sedes registrales: dos obligatorios, mayores de 18 años;
- En domicilios particulares o salones de eventos: cuatro obligatorios, mayores de 18 años.
En el caso de ser:
- Divorciados deberán traer acta de matrimonio con marginal de divorcio legalizada y actualizada, sin excepción.
- Viudos deberán traer acta de matrimonio y de defunción legalizada y actualizada, sin excepción.
Deberán hacer elección del régimen patrimonial:
- Comunidad de Bienes,
- Separación de Bienes (ambos de forma declarativa) y Convención Matrimonial (se deberá acompañar Escritura Pública)
¿Cuánto cuesta?
- Matrimonios en sede registral: 2.940 pesos (dos mil novecientos cuarenta pesos)
- Matrimonios Ley 12.229: 75.600 pesos (setenta y cinco mil seiscientos pesos). Deberán estar abonados una semana antes de la celebración.
¿Dónde se realiza?
Los matrimonios de la Provincia de Santa Fe podrán celebrarse:
En las oficinas del Registro Civil:
Santa Fe:
- San Luis 2950
- Sección 3º: Hernandarias 1017
- Sección 4º: Estanislao Zeballos 4063
Rosario:
- Distritos Rosario: Presencial por orden de llegada de 8:30 a 13:30 hs.
- Noroeste: Av. Provincias Unidas 150 bis
- Sur: Uriburu 637
- Sudoeste: Av. Francia 4435
- Oeste: Pte. Perón 4602
- Norte: Warnes 1917
- Centro: Wheelwright 1486
Otras localidades:
- Consulte en la Oficina del Registro Civil y/o Juzgado Comunitario correspondiente
Así mismo en domicilios particulares o salones de eventos - Matrimonios bajo el Régimen de la Ley 12.229 Lunes a Viernes de 13:00 hs. a 21 hs. y Sábados de 10:00 hs. a 14:00 hs. y de 17:00 hs. a 22:00 hs.
El día de la ceremonia la movilidad del oficial público es a cargo de los contrayentes.
Listado de oficinas del Registro Civil
Observaciones:
Normativas relacionadas:
Tramites relacionados:
Solicitud de Partidas de: Nacimientos, Matrimonios, Defunciones y/o Uniones convivenciales
Partidas de Nacimientos, Matrimonios y/o Defunciones: Solicitud por correo postal
Partidas de Nacimientos, Matrimonios y/o Defunciones: Rectificaciones de partidas
Matrimonio: Solicitud de duplicado de libreta de matrimonio.