Farmacia-Habilitación: Solicitud de Habilitación de Farmacias
Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.
¿En qué consiste?
Este trámite permite solicitar la habilitación de una farmacia en ciudades o localidades de la Provincia de Santa Fe
¿Qué necesito para realizarlo?
- Nota solicitando autorización para instalar Oficina de Farmacia, donde conste la ubicación y el nombre de la Farmacia, datos personales completos del Farmacéutico/a solicitante ( D.N.I. , Domicilio, teléfono fijo y/o celular, dirección de correo electrónico).
- Plano o croquis del local confeccionado y firmado por persona competente ( Ej. : Maestro Mayor de Obras, Arquitecto, Ingeniero etc,) con distribución de áreas y medidas de cada una de ellas, en papel milimetrado tamaño oficio.
Medidas mínimas para Oficina de Farmacia ( Decisión N° 94/81 y orden 2/06 |
Despacho al público : 20 m² |
Laboratorio : con mesada y pileta, 12 m² |
Depósito : 16 m² |
Baño: Debe poseer ante-baño. |
El local de la Oficina de Farmacia debe tener pisos, paredes y cielorrasos bien unidos, lisos, de fácil limpieza e incombustibles, (sin revestimientos de madera, acrílicos, etc., ni en pisos ni paredes). Las medidas del local serán tomadas como espacio libre , de pared a pared. Los distintos sectores deben contar con buena iluminación y ventilación (natural o artificial).
- Certificado de matrícula expedido por el Colegio de Farmacéuticos 2da Circunscripción
- Certificado de vecindad Policial del Farmacia donde conste que vive en la misma ciudad o localidad donde será instalada la Farmacia.
- Fotocopia autenticada de la 1º y 2º hoja del documento de identidad (DNI, LC, LE) y cambio de domicilio si lo hubiere.
- Cuando la instalación de la farmacia fuera en la ciudad de Rosario y hubiera dudas respecto a la distancia con otra Farmacia ya establecida, dado que el Art. 48 de la Ley Nº 2287 no permite la instalación a distancia inferior a los 200 metros de otra ya instalada, este Dpto. solicitará a Catastro de la Municipalidad de Rosario la información correspondiente, (esta nota será diligenciada por el propio interesado ). Cuando la Farmacia a instalar fuera en otra ciudad traerá la nota de Catastro de dicha ciudad con el informe que la distancia es superior a los 200 metros. El informe deberá especificar el método de medición aceptado por este Dpto. que deberá decir lo siguiente “de puerta a puerta de las edificaciones, tomadas en el lugar, siguiendo el trazo de línea de edificación que separa con la Farmacia más próxima respetando el sendero peatonal. En localidades no rige este Artículo
- Nota solicitando la rubricación y sellado del Libro Recetario, Libro de Contralor de Psicotrópicos y Libro Contralor de Estupefacientes.
- Copia o fotocopia autenticada del contrato de locación con la certificación de todas las firmas intervinientes por autoridad competente y el sellado provincial correspondiente, si es con garantía es el 20 por mil y si es sin garantía es el 10 por mil del total de la suma contratada, debiendo constar en el mismo el uso exclusivo para Farmacia. Si es propietario del local, traerá fotocopia autenticada de la escritura y si en ella no figura domicilio catastral preciso, presentar informe de catastro municipal. En caso de no corresponder ninguna de estas opciones, la documental que demuestre en qué carácter ocupa el inmueble
- Fotocopia autenticada de la Inscripción en la AFIP, Régimen de Facturación y Formulario 446/C de puntos de ventas, e inscripción en la Administración Provincial de Impuestos ( API ), y fotocopias autenticadas de las facturas Oficiales aprobadas por la AFIP (1º Hoja - no olvidar de colocar en el membrete de la misma FARMACÉUTICO, MATRÍCULA PROF. Nº…). Y controlador fiscal.
- Colocar placa profesional al frente del establecimiento.
- Farmacopea VI Edición ( debe estar en la Oficina de Farmacia )
- Petitorio mínimo, según exigencias de este Departamento.
- Dos fotos carnet para el Legajo personal y Libro Recetario.
- Nota solicitando Inspección final para librar al servicio público la Oficina de Farmacia.
- Derecho de Habilitación e Inspección Anual por el Año en curso, depositando el importe correspondiente en el Banco de Santa Fe, Cta. Cte. Nº 19.303/04 -MINISTERIO DE SALUD- FILIAL 599 – 002. Una vez pagado, deberá presentar el Ticket original y una fotocopia, antes de la visita del Inspector al establecimiento a habilitar.
- Pago correspondiente a la reposición del expediente previo al retiro de la decisión.
La documentación presentada debe estar dirigida a la Farmacéutica Patricia Kleinlein - Jefa del Departamento de Inspección de Farmacia 2da. Circ. |
Modelos de rótulos y sellos |
RECORDAR: Toda documentación presentada en fotocopia deberá estar autenticada por autoridad Judicial o Notarial. |
Los requisitos enunciados precedentemente quedan sujetos a revisión de la autoridad de control y si correspondiere, a exigencias complementarias conforme a las facultades otorgadas por el art. 64 de la Ley de Sanidad Provincial Nº 2287. |
¿Cuánto cuesta?
Gratuito
¿Dónde se realiza?
Dirección de Bioquímica, Farmacia y Droguería Central
Departamento de Inspección Farmacia 1º Circunscripción
Bv. Gálvez 1563 - Planta Baja (S3000AAG) Santa Fe
Teléfono: 54 - 342 - 457371
Departamento Inspección Farmacia 2º Circunscripción
San Luis 979 - Planta Baja (S2000BBK) Rosario
Teléfono 54 - 342 - 4573711