Propiedades - Régimen de vivienda: Afectación, desafectación, liberación

Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.

¿En qué consiste?

La afectación es una protección jurídica destinada a resguardar la vivienda familiar frente a las adversidades económicas; su principal efecto consiste en que el inmueble afectado no podrá ser ejecutado por las deudas que contraiga su titular con posteridad a la afectación.

Mediante un trámite gratuito, que se realiza en el Registro General de la Propiedad y sus sedes en los nodos de la provincia, podés acceder a este derecho.

Destinatario/s:

El titular registral o quien lo represente.

¿Qué necesito para realizarlo?

En Registro de Santa Fe:

Para constitución por escritura pública:

· Testimonio de afectación a vivienda (original y copia)

· Título de propiedad del inmueble para la anotación marginal de la afectación de la vivienda.

Para constitución por Acta administrativa:

· Fotocopia de DNI de la o las personas titulares del inmueble,

· Fotocopia de DNI de la o las personas beneficiadas,

· Fotocopia de una cuota de Impuesto Inmobiliario del presente año,

· Fotocopia certificada de la libreta de matrimonio civil en sus partes pertinentes o en su defecto partidas y/o actas de: matrimonio, nacimiento de hijo/s y/o parientes colaterales que se inscriban como beneficiarios, con un máximo de seis (6) meses de fecha de expedición, a los efectos de justificar el vínculo,

· Título de propiedad original,

· Acta de Afectación (Formulario AAV)

Para desafectación de Bien de Familia:

· DNI de los desafectantes,

· Acta de Desafectación de Vivienda (Formulario DAV),

· Título de propiedad original,

· Si es asiento de la sociedad conyugal deberá (no importa el carácter del bien) comparecer el cónyuge o conviviente.

Sólo se admitirán a la firma carpetas con la documentación completa requerida, previamente revisada.

En los Registros de Rosario y Venado Tuerto:

Para constitución por escritura pública:

· Testimonio de Afectación a vivienda (original y copia)

· Solicitud de registración (Formulario "SR")

· Titulo de propiedad para la anotación marginal del Bien de Familia

Para constitución por acta administrativa:

· DNI de la o las personas titulares del inmueble

· DNI de la o las personas beneficiadas

· Boleta de Impuesto Inmobiliario (original)

· Titulo de propiedad (original)

· Acta de Afectación a Vivienda (Formulario AAV)

· Concurrir con la libreta de matrimonio civil, y los respectivos documentos personales y/o partidas, con un máximo de 6 (seis) meses de su expedición, conforme dispuesto por el Registro Nacional de las Personas.

Para desafectación de Bien de Familia:

· DNI de los desafectantes,

· Acta de Desafectación de Vivienda (Formulario DAV),

· Título de propiedad original,

· Si es asiento de la sociedad conyugal deberá (no importa el carácter del bien) comparecer el cónyuge o conviviente.

¿Cuánto cuesta?

En el Registro Santa Fe: gratuito.

En los Registros Rosario y Venado Tuerto: el trámite normal es gratuito.

¿Dónde se realiza?

Registro General Santa Fe
San Martín 2545 - Teléfonos: 54 - 342 - 4577032, 4577054
Horario de atención: lunes a viernes de 7:45 a 12:15.

Registro General Rosario
Urquiza 1172 - Teléfonos: 54 - 0341- 4721763, 4721764, 4721766
Horario de atención: lunes a viernes de 7:15 a 12:30.

Registro General Venado Tuerto
San Martín 709 - Teléfonos: 54 - 3462 - 408869
Horario de atención: lunes a viernes de 7:30 a 12:30.

Formularios relacionados:

    application/pdf Afectación de Vivienda (formulario AAV) - 864,85 kB
    application/pdf Desafectación al Regimen de Vivienda (formulario DAV) - 636,71 kB
    application/pdf Subrogación (formulario Sub) - 635,49 kB
    application/pdf Anexo Afectación de Vivienda (Anexo AV) - 323,63 kB

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