Colegios y Consejos profesionales: Solicitud de subsistencia de personería jurídica

Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.

¿En qué consiste?

Este trámite permite obtener una constancia que certifica la existencia como persona jurídica de los Colegios y Consejos profesionales. No implica que esté al día con las presentaciones, pero acredita que existe y subsiste su personalidad jurídica.

¿Qué necesito para realizarlo?

El trámite varía si la persona jurídica esta o no al día con:

  • Las presentaciones anuales de estados contables y su aprobación.
  • La inscripción de autoridades.
  • Los libros rubricados.

Si la entidad está al día con las presentaciones de documentación e información puede realizarlo por vía digital:

  • Enviar la foja cero y la constancia de pago del sellado por correo electrónico a: colegiosprofesionales@santafe.gov.ar
  • Se le indicará una fecha para retirarlo por las oficinas de la Secretaría de Registros Provinciales.

Si la entidad tienen pendientes presentaciones de documentación e información, o se encuentra al día pero desea el certificado en formato físico, presentar:

  • Foja Cero de Subsistencia completa y por duplicado. No requiere certificación de escribano.
  • Constancia de pago del sellado correspondiente.
  • Del solicitante: poder, nota con patrocinio o asamblea autorizada a tales fines.

En caso que la entidad no se encuentre al día, el certificado se emitirá dejando constancia de que existen presentaciones pendientes, lo que implicará una intimación a su cumplimiento bajo apercibimiento de no otorgarse nuevamente si el mismo ha sido solicitado por segunda vez en forma consecutiva.

Certificado de subsistencia para la disposición o gravamen de bienes registrables a emitirse cuando la entidad se encuentre al día con:

  • Autoridades con mandato vigente comunicadas a la Inspección de Personas Jurídicas conforme a las resoluciones vigentes.
  • Últimos tres balances, Memoria e informe del órgano de fiscalización presentados ante esta Inspección de Persona Jurídica conforme las resoluciones vigentes.
  • Los libros rubricados exigidos por las normas aplicables.

Se debe presentar:

  • Foja Cero de Subsistencia para la venta o gravamen de bienes registrables
  • Constancia de pago del sello correspondiente.
  • Del solicitante: Poder, nota con patrocinio o asamblea autorizada a tales fines.
  • Resolución del órgano de Gobierno que aprueba la venta o gravamen del inmueble. En el acta deben constar los motivos de tal decisión indicando el precio, las condiciones de venta y modalidad, acreditar y justificar que no perjudica al interés de la entidad, destino de los fondos o bienes en su caso si recibe estos. El acta debe presentarse transcrita, certificada en contenido y suscripta por los representantes legales con firma certificada.
  • Cumplimentar con una declaración jurada sobre licitud, origen de los fondos y destino final de los mismos por quienes ocupen la presidencia y secretaria.

¿Cuánto cuesta?

CARATULA (código 91066 - 300 MT) + TASA ASOC/FUND (código 91233 - 170 MT)

¿Dónde se realiza?

Secretaría de Gestión de Registros Provinciales
De lunes a viernes de 8:00 a 12:30.

Sede Santa Fe - 3 de Febrero 2649
Tel. 54 342 4506600, Interno 31374

Delegación Rosario - Sargento Cabral 575
Tel. 54 341 4772588, Interno 1

colegiosprofesionales@santafe.gov.ar

Formularios relacionados:

    application/pdf Colegios - Foja cero subsistencia - 65,77 kB
    application/pdf Formulario - Solicitud de certificado de subsistencia para la venta - 65,83 kB

Normativas relacionadas:

Resolución Provincial 0002/2023 - IGPJ - Disposiciones generales
Ley Provincial 11089/1993 - Desregulación de honorarios

Tramites relacionados:

Personas Jurídicas: informe de nuevas autoridades
Personas Jurídicas: presentación de balances
Personas Jurídicas: Solicitud de rúbrica de libros

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