Pensión para personas travestis, transexuales y transgénero mayores de 35 años.
Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.
¿En qué consiste?
Este beneficio asiste a personas travestis, transexuales y transgénero mayores de 35 años que están en situación de vulnerabilidad social y que hayan procedido o no a la rectificación registral del sexo, nombre de pila e imagen de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nacional 26743.
El Ministerio de Igualdad, Género y Diversidad de la Provincia será el encargado del inicio del trámite y quien acreditará las condiciones para el otorgamiento del beneficio. El monto del mismo será equivalente al establecido para el artículo 3° de la Ley 5110.
Destinatario/s:
Personas travestis, transexuales y transgénero mayores de 35 años que están en situación de vulnerabilidad social y que hayan procedido o no a la rectificación registral del sexo, nombre de pila e imagen de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nacional 26743.
¿Qué necesito para realizarlo?
- Ser mayor de 35 años de edad.
- Acreditar residencia mínima y contínua en la provincia de 2 años
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad social.
Documentación a presentar por el solicitante:
Del Solicitante:
- D.N.I y Fotocopia (ambos lados) con domicilio actualizado.
- Número de Teléfono de contacto.
Del Grupo Familiar:
De los familiares convivientes y no convivientes
- Número de D.N.I
Importante: excepcionalmente se podría solicitar alguna otra documentación respaldatoria que sirva para dilucidar el caso.
¿Cuánto cuesta?
Gratuito.
¿Dónde se realiza?
En las ESPI (Equipos de Sistema de Protección Integral):
-
Santa Fe
Salta 2549 - Cel. 342-6109384 -
Rosario
Dorrego 600 - Cel. 342-6145499 -
Reconquista
Hipólito Yrigoyen 1580 – Cel. 342-4780462 -
Rafaela
Perussia 50 – Cel. 342-6300616 -
Venado Tuerto
2 de Abril 480
Puede gestionar su trámite en todos las Municipios y Comunas que se encuentren dentro del territorio provincial.
Según lo establecido por art.15 Ley 14177/22-Modifica Ley 5110: "Las reparticiones u oficinas públicas provinciales, municipales o comunales y las empresas con participación estatal, están obligadas a gestionar los trámites que les sean requeridos por la Caja, mediante oficio o personalmente por sus inspectores, en cumplimiento de las exigencias de esta ley y su reglamentación y que estime necesario para verificar la legitimidad del derecho invocado por los peticionantes."
Observaciones:
- Para realizar el trámite no se necesita gestor. El trámite es totalmente gratuito.
- Los formularios relacionados en este trámite pueden descargarse directamente desde aquí en formato PDF. De igual forma, deberán ser completados por personal del Ministerio de Igualdad, Género y Diversidad de la Provincia o por Municipios y Comunas
Formularios relacionados:
01-01 Ficha de Filiación - 173,01 kB
04-01 Estudio socio-económico - 97,15 kB
01-05-01 Circular policial - 118,58 kB
01-05-02 Art 51 Antecedentes policiales - 85,75 kB
Normativas relacionadas:
Ley Provincial 5110/1999 - Ley Provincial 5110 - Caja de Pensiones Sociales de la Provincia: Texto ordenado
Ley Nacional 26743/2012 - Identidad de género
Ley Provincial 14177/2022 - Modificaciones Ley N° 5110