Registro Personal de Poseedores - Ley Nº 13.666, Decreto Nº 1527/2021

Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.

¿En qué consiste?

En el marco del Programa de Regularización Dominial, se crea el Registro Personal de Poseedores, en el que se inscribirán las personas que invoquen y acrediten posesión de inmuebles rurales por un plazo superior a 10 (diez) años y su condición de pequeño productor, campesino, familia de trabajadores rurales e indígenas.

¿Qué necesito para realizarlo?

¿Qué necesito para solicitar la inscripción al Registro Personal de Poseedores?

- Declaración jurada por ante Autoridad Judicial o Notarial, la que deberá realizarse con la presencia de 2 (dos) testigos que manifiesten dar fe sobre la veracidad de los antecedentes consignados (artículo 7º Decreto Nº 1527/21).

- Croquis con la determinación de la ubicación y descripción del inmueble detallando las medidas, superficies, las coordenadas aproximadas de los vértices y linderos del mismo como así también, cualquier otro dato para la especificación e identificación del inmueble (artículo7º del Decreto 1527/2021).

- Se deberá señalar la antigüedad en el ejercicio de la posesión, determinando el origen y la data del mismo en forma clara y expresa, adjuntando los antecedentes documentales a tales efectos.

- Acompañar pago de impuesto que gravan al inmueble o servicios (luz, agua, etc.).

- Otra documentación que acredita posesión por el término superior a 10 (diez) años en el inmueble de referencia.

-A los efectos de acreditar condición de pequeño productor, campesino, familiar de trabajadores rurales e indígenas, se podrá presentar alguna de las siguientes constancias:

- Constancia de inscripción en Registro Nacional Sanitario de Productor Agropecuario(RENSPA),

- Constancia de inscripción en Registro Nacional de Agricultor Familiar (RENAF),

- Constancia de inscripción en Registro Único de Producciones Primarias (RUPP),

- Estar inscripto en el Registro Especial de Comunidades Aborígenes (RECA).

- Declaración Jurada de ingresos prediales y extra-prediales.

- Declaración Jurada de existencia o no de trabajadores rurales permanentes.

- Boleto de Marca.

- Acta de vacunación.

- Cualquier otra documentación que permita acreditar su condición.

¿Cuánto cuesta?

Al iniciar el expedientes se cobra un sellado por la cantidad de hojas.

¿Dónde se realiza?

Sede Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología.

Santa Fe: Bv. Pellegrini 3100

Observaciones:

Contacto: tierras@santafe.gov.ar

Teléfono: 0342 450-5300 (4227) interno.

Formularios relacionados:

    application/pdf RECA- RUPP-RENSPA-RENAF - 679,90 kB
    application/octet-stream Planilla grupo familiar - Programa de Regularización Dominial - 40,26 kB
    application/octet-stream DDJJ Ingresos - Trabajadores permanentes - Programa de Regularización Dominial - 38,25 kB
    application/octet-stream Declaración Jurada Art. 7° - Programa de Regularización Dominial - 36,62 kB
    application/octet-stream Nota de inicio - Programa de Regularización Dominial - 46,11 kB

Normativas relacionadas:

Ley Provincial 13979/2020 - Prorroga por el plazo de dos años la vigencia de la Ley N°13966
Decreto Provincial 1527/2021 - Aprueba la reglamentación de la Ley N° 13666, prorrogada por la Ley N° 13979
Ley Provincial 13666/2017 - Emergencia en materia de propiedad y posesión de las tierras ocupadas por los pequeños productores

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