Personas Jurídicas: constitución de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS)
Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.
¿En qué consiste?
Este trámite permite a las sociedades por acciones simplificadas solicitar a la Inspección General de Personas Jurídicas que efectúe sobre el acto constitutivo un control de legalidad y fiscal y que realice un control sobre la valuación de los aportes en especie, en el caso de que éstos se hayan efectuado, a fin de que con posterioridad, el instrumento constitutivo se pueda inscribir en el Registro Público y quedar así regularmente constituida.
¿Qué necesito para realizarlo?
- Completar en la computadora y presentar por duplicado el formulario de Foja Cero para Constitución de Sociedades por Acciones. No requiere certificación de escribano y no se necesita ninguna nota dirigida al organismo, atento a que dicho formulario la suple.
-
Realizar y presentar el Acta Constitutiva de Sociedad por Acciones Simplificada en hoja oficio, en computadora o a máquina, conforme el modelo que se publica en esta página para la misma.
Dicha acta debe contener todos los datos:
- de los accionistas fundadores,
- de los miembros titulares y suplentes del órgano de administración,
- del órgano de fiscalización, si lo tuviere previsto (Sindicatura o Comisión Fiscalizadora),
- de el o los autorizados para realizar el trámite.
En todos los casos indicar:
- Apellido y Nombres
- Número y tipo de documento
- CUIT/CUIL/CDI
- Nacionalidad
- Fecha de nacimiento
- Sexo
- Profesión
- Estado civil
- Domicilio: Calle/Ruta - Nº - Piso - Dpto/Of - Km.
- Localidad, Departamento/Partido, Provincia, País
- Teléfono (opcional)
- Email (opcional)
Para miembros del Directorio y si lo tuviere previsto, del órgano de fiscalización:
- Cargo
- Fecha de inicio en el cargo
- Debe quedar claro quiénes son los accionistas fundadores, quiénes son los administradores y el sindico o los integrantes de la Comisión Fiscalizadora en su caso (titulares y suplentes)
- En el caso de que la accionista fundadora sea una sociedad, deberá cumplirse con los artículos 31 y 32 de la Ley General de Sociedades..Dicha acta constitutiva resuelve decidir constituir la sociedad, aprobar el estatuto, designar a los integrantes de los órganos de administración y del órgano de fiscalización (Sindicatura o Comisión Fiscalizadora) cuando este último esté previsto, debe incluir también la aceptación de los cargos, precisar también el Capital social y con qué se integra (dinero o en especie) y cuando se efectiviza el aporte, tener presente que el capital no podrá ser inferior al importe equivalente a dos (2) veces el salario mínimo vital y movil. Ello se expresa en el cuadro de suscripción e integración que se encuentra en el acto constitutivo, donde se detalla cuantas acciones y la clase de cada una de ellas que suscribe cada accionista fundador así como y cuando las integra. También se autoriza a una o más personas a realizar el trámite ante la Inspección General de Personas Jurídicas y el Registro Público, con facultades de aceptar y modificar dicho acto constitutivo conforme las objeciones que pudiere realizar éstos últimos organismos públicos
- .Deberá incorporarse la declaración jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente (PEP) de cada miembro titular y suplente del órgano de administración, Sindicatura o Comisión fiscalizadora en su caso, de los accionistas y de la o las personas autorizadas para realizar el trámite, conforme al modelo de acta constitutiva publicado en esta página web y declaración jurada sobre licitud y origen de los fondos cuando corresponda según el monto del aporte integrado. En su caso, se presentará también documentación de respaldo y/o información que sustente el origen declarado de los fondos
- Las firmas de todos los accionistas fundadores y de los integrantes titulares y suplentes del órgano de administración y de fiscalización que suscriben el acta constitutiva, deben estar certificadas por autoridad judicial, notarial o bancaria y si la constitución se realizó por escritura pública debe adjuntarse el respectivo testimonio o copia certificada por escribano del mismo.
¿Cuánto cuesta?
- CARATULA (código 91066 - 300 MT) + TASA SOC (código 91163 - 3500 MT) + cantidad hojas * FOJA (código 91011 - 6 MT)
Instructivo para visualizar el valor del módulo tributario.
Guía para el pago de sellado (click)
¿Dónde se realiza?
- Inspección General de Personas Jurídicas (I.G.P.J)
Horario de Atención: lunes a viernes de 7:30 a 12:30 hs
Sede Central Santa Fe:
4 de Enero 2498 (CP 3000)
Teléfono/Fax: 54 - 342 - 4574778, 4573917
E-mail: igpjsantafe@santafe.gob.ar
Delegación Rosario:
Sargento Cabral 575 (CP 2000)
Teléfono: 54 - 341 - 4721367, 4721349
E-mail: igpjrosario@santafe.gob.ar
- Centros Cívicos
Horario de Atención: lunes a viernes de 8:00 a 13:00 hs
Región 1 - Centro Cívico Reconquista
Dirección: Bvd. Hipólito Yrigoyen 1580 - Reconquista
Teléfono: 54 – 3482 - 438895 / 438896
E-mail: centrocivicoregion1@santafe.gob.ar
Observaciones:
El presente trámite se ajusta al supuesto de que se utilicen los modelos estándares publicados en esta página web, sin perjuicio que puedan constituirse sociedades por acciones, presentando documentación que no se ajuste a los modelos propuestos.
Formularios relacionados:
Formulario Foja Cero para Constitución de Sociedades por Acciones Simplificadas - 87,65 kB
Pase al registro - Tutorial para visualizar el expediente embebido - 176,80 kB
Tutorial para visualizar el expediente que se encuentra embebido en el documento "Pase al Registro"
Recomendaciones para el Acta constitutiva de SAS - 74,48 kB
Formulario de Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente - Original - 241,79 kB
Sellado - Guía ayuda para generar la liquidación web - 489,25 kB
Modelo acta constitutiva S.A.S. 2023 - 52,50 kB