Consulta Vinculante
Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.
¿En qué consiste?
La Consulta Vinculante posibilita a los contribuyentes y responsables que tienen un interés individual y directo, formular a la autoridad administrativa la correspondiente consulta, debidamente documentada, sobre la aplicación del derecho, respecto al régimen, la clasificación o la calificación tributaria a una situación de hecho concreta, actual o futura.
¿Qué necesito para realizarlo?
- Las consultas podrán ser presentadas por contribuyentes y responsables
- Las consultas deberán ser relacionadas con impuestos de API
- Presentar Formulario 1307 "Consulta Vinculante"
- Las consultas deberán cumplimentar con los contenidos y formalidades detalladas en el Artículo 4º de la Resolución General 016/2013 - API
¿Cuánto cuesta?
Tasa Retributiva de Servicios por:
- Carátula de expediente: 300 MT (Art. 28 inc. 4 ap. b) L.I.A.)
- Cada foja de actuación: 6 MT (Art. 28 inc. 1 L.I.A.)
¿Dónde se realiza?
En la Administración Provincial de Impuestos
Horarios de Atención:
Regionales Santa Fe y Rosario: De lunes a viernes de 7:30 a 13:30
Delegaciones del Interior: De lunes a viernes de 7:30 a 13:30
Divisional Buenos Aires: De lunes a viernes de 10:00 a 15.00
Observaciones:
La Consulta Vinculante es un instituto que se ha incorporado como Artículo 38º y siguientes al Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias), mediante la Ley 13260.
Este régimen de consulta entre fisco-contribuyente, permitirá dar certeza y precisión en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Formularios relacionados:
Formulario 1307 Consulta vinculante - 337,80 kB
Formulario 1308 Comunicación de admisibilidad formal - 314,99 kB
Formulario 1309 Comunicación de suspensión de plazos - 314,79 kB
Normativas relacionadas:
Ley Provincial 13260/2012 - Ley 3456 -Código Fiscal- Se sustituyen los Títulos Primero a Noveno y Duodécimo del Libro Primero “Parte General"
Resolución General 016/2013 - Consulta Vinculante