Personas Jurídicas: autorización medios mecánicos para Asociaciones Civiles y Fundaciones

Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.

¿En qué consiste?

Los libros contables, excepto el de Inventarios y Balances podrán sustituirse por la utilización de ordenadores u otros medios mecánicos, magnéticos o electrónicos que permitan la individualización de las operaciones y de las correspondientes cuentas deudoras y acreedoras y su posterior verificación. Se podrá conservar la documentación en microfilm, discos ópticos u otros medios aptos para ese fin.

¿Qué necesito para realizarlo?

  • Formulario de Iniciación de trámites de la I.G.P.J (Inspección General de Personas Jurídicas)
  • Copia del acta en la cual se resuelve la adopción de este medio de registro y de conservación por parte de los órganos de administración y de fiscalización, firmada por los representantes legales, certificadas las firmas y contenido.
  • Informe del Contador Público sobre el sistema y la garantía de inalterabilidad de las registraciones, certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. El sistema debe otorgar equivalencia en cuanto a inviolabilidad, verosimilitud y completitud al sistema que se sustituye.
  • Dictamen de perito o técnico sobre la inalterabilidad del soporte, así como respecto de los resguardos para su conservación, los recaudos que se adoptarán respecto de la obsolescencia técnica del sistema de registro y la posibilidad de su migración.
  • En caso de utilizar como método de conservación hojas móviles, deberán acompañarlas para su individualización, foliadas y con membrete de la entidad.
  • Acompañar el libro de Inventarios y Balances a los fines de que se inscriba la autorización.

¿Cuánto cuesta?

CARATULA (código 91066 - 300 MT) + TASA ASOC/FUND (código 91233 - 170 MT)

Sin costo para Cooperadoras Escolares, Cooperadoras Policiales y Asociaciones de Bomberos y quienes presenten la Exención a la Tasa Retributiva de Servicios.

Instructivo para visualizar el valor del módulo tributario.

Guía para el pago de sellado (click)

¿Dónde se realiza?

  • Inspección General de Personas Jurídicas (I.G.P.J)

Horario de Atención: lunes a viernes de 7:30 a 12:30

Sede Central Santa Fe:
Dirección: 4 de Enero 2498 (CP S3000FQD) Santa Fe
Teléfono/Fax: 54 - 342 - 4574778, 4573917
E-mail: igpjsantafe@santafe.gob.ar

Delegación Rosario:
Dirección: Sargento Cabral 575 (S2000CCU) Rosario
Teléfono: 54 - 341 - 4721367, 4721349
E-mail: igpjrosario@santafe.gob.ar

  • Centros Cívicos

Horario de Atención: lunes a viernes de 8:00 a 13:00

Región 1 - Centro Cívico Reconquista
Dirección: Bvd. Hipólito Yrigoyen 1580 - Reconquista
Teléfono: 54 – 3482 - 438895 / 438896
E-mail: centrocivicoregion1@santafe.gob.ar

Formularios relacionados:

    application/pdf Formulario Foja Cero para autorización de medios mecánicos - 1,42 MB

Normativas relacionadas:

Ley Nacional 19550/1984 - Ley General de Sociedades 19.550

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