Impuesto sobre los Ingresos Brutos: Formulario 1276 Web - Declaración Jurada de alícuota y consulta. Contribuyentes
¿En qué consiste?
Este servicio permite a los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos realizar una Declaración Jurada para los Agentes de Retención y/o Percepción de dicho impuesto, comunicando la condición de sujeto exento y/o la alícuota que tiene la actividad que desarrollan, conforme a los dispuesto por la normativas fiscales vigentes.
Se podrán realizar la declaración en forma individual por Agente de Retención y/o Percepción o por lote.
La declaración jurada generada constituirá la única constancia válida con la cual los Agentes de Retención y/o Percepción podrán acreditar el tratamiento diferencial que aplicaron.
La declaración jurada generada a través del formulario web tiene validez hasta tanto no cambien las condiciones del que dieron origen a la misma.
Asimismo, en la misma aplicación, el contribuyente podrá consultar las declaraciones generadas aplicando distintos filtros de búsqueda y con los filtros aplicados podrá exportar los registros a un archivo excel para incorporar a sus sistemas internos.
Destinatario/s:
¿Qué necesito para realizarlo?
- CUIT y clave fiscal de AFIP
- Tener adherido el servicio API Santa Fe-Formulario 1276 web. Declaración jurada y consulta-Contribuyente
Para completar cada opción:
Declaración Individual:
- Correo electrónico del Agente de Retención y/o Percepción. (Si se incluye este dato, el Agente recibirá un aviso de que la Declaración Jurada fue generada y podrá verificarlo)
- Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del Agente de Retención y/o Percepción
- Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del Contribuyente
Declaración por Lote:
- Adjuntar un archivo de texto plano con las CUITs y las cuenta de correo electrónico de los Agentes de Retención y/o Percepción, separados por una coma. Para ver un ejemplo haga un clic aquí.
- Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del Contribuyente
- Cuenta de correo del Contribuyente (El sistema le enviará un aviso cuando se haya ejecutado el proceso)
Para los dos casos:
- Tratamiento Impositivo: Se deberá declarar la normativa legal por la cual tiene un tratamiento fiscal diferencial y la alícuota que tiene que aplicar el Agente de Retención y/o Percepción.
- Si en el tratamiento fiscal se informa que corresponde al Art. 12 de la RG 15/97 (t.o. 2014 y modificatorias) y corresponde aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo, el contribuyente deberá indicarle a los Agentes de Percepción que es un contribuyente
- Local de una Provincia distinta a Santa Fe Informar el Nº de Inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de esa Provincia.
- De contribuyente de Convenio Multilateral que no tiene incorporada la Jurisdicción de Santa Fe.
Importante:
Si el contribuyente es persona jurídica, deberá completar la CUIT del representante.
¿Cuánto cuesta?
Gratuito
¿Dónde se realiza?
Desde cualquier PC o dispositivo móvil con conexión a Internet.
Formularios relacionados:
Guía paso a paso para completar Formulario 1276 web - 382,58 kB
Guía paso a paso para designar representante en el administrador de relaciones de AFIP - 525,56 kB
Normativas relacionadas:
Resolución General 0036/2017 - Se modifica el art. 27 de la R.G. 15/97-Aprueba la aplicación informática denominada Formulario 1276 web y aprueba el Formulario 1276 web
Resolución General 0023/2018 - Se modifica el ariículo 27 de la Resolución General N° 15/97-API (t.o. s/RG 18/2014 y modificatorias) sobre la aplicación informática Formulario 1276 web.