Personas Jurídicas: escisión de sociedad por acciones para la creación de sociedad comercial
Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.
¿En qué consiste?
Este trámite permite realizar una reforma estatutaria a una sociedad por acciones que destina parte de su patrimonio a la creación de una o varias sociedades comerciales que no sean por acciones.
La sociedad escindente traspasa parte de sus activos y/o pasivos en bloque a una o varias sociedades que se constituyen.
¿Qué necesito para realizarlo?
- Presentar el Formulario de Iniciación de trámites de la I.G.P.J (Inspección General de Personas Jurídicas)
- Cuando la sociedad escindente fuese de esta jurisdicción, debe todos los balances presentados
- Nota que debe contener:
- Nombre de la sociedad
- C.U.I.T. de la sociedad
- Ubicación de la sede social
Presentar nota acompañando la siguiente documentación
- Copia del acta de la asamblea que resolvió la escisión con individualización de los bienes que se aportan a la nueva sociedad y en su caso, de las deudas que ésta se haga cargo, certificada su autenticidad por Escribano Público;
- Copia del contrato constitutivo de las sociedad que se esciende y sus modificaciones, con la constancia de inscripcion en el Registro Público de Comercio, e informe completo del mismo organismo.
- Copia de la trascripción del acta del órgano de administración o fiscalización, en su caso, que convocó a asamblea firmada por los representantes legales, certificadas las firmas y la autenticidad de la copia por Escribano Público. Si la asamblea hubiere sido convocada por el síndico: copia de la resolución que la dispuso firmada por él y certificada su firma por Escribano Público
- Ejemplar de la publicación de la convocatoria con la constancia de las fechas en que se inició y terminó la publicación
- Copia de la trascripción del acta de la asamblea que resolvió la modificación del contrato firmada por los representantes legales, certificadas sus firmas y la autenticidad de la copia por Escribano Público.
- Copia de los folios respectivos del libro del Registro de Asistencia, correspondiente a la asamblea, firmado por los representantes legales, certificadas las firmas y la autenticidad de la copia por Escribano Público
- Balance general cerrado a la fecha de la escisión que refleje en columna adicional las variaciones que imponga la reducción del capital, firmado por los representantes legales de la sociedad, certificadas sus firmas por Escribano Público, y por Contador, certificada su firma por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas;
- Balance general cerrado a la misma fecha que el anterior en el que conste por separado los bienes, derechos y obligaciones que quedan en el patrimonio de la sociedad y los que se destinan a la constitución de la nueva sociedad, firmado por los representantes legales de la sociedad, certificadas sus firmas por Escribano Público, y por Contador, certificada su firma por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas;
- Informe fundado del síndico con su opinión respecto a la reducción del capital, certificada su firma por Escribano Público;
- Ejemplares de la publicación exigida por el artículo 83 inciso 2º de la ley 19.550/72;
- Informe firmado por los representantes legales de la sociedad escindente y por el profesional interviniente en los reclamos, certificada sus firmas por Escribano Público, sobre los acreedores oponentes y monto de sus créditos o en su defecto manifestación que los acreedores no han hecho uso de ese derecho;
- Informe firmado por los representantes legales de la sociedad escindente, certificadas sus firmas por Escribano Público, sobre los socios recedentes y capitales que representan, o en su defecto manifestación que los socios no han hecho uso de ese derecho;
- Informe firmado por los representantes legales de la sociedad, certificadas sus firmas por Escribano Público, sobre la forma en que se realizará la reducción del capital social en lo referente al canje o sobresellado de las acciones anteriores, procedimiento a seguir con las fracciones de acciones, etc., de acuerdo a lo resuelto por la asamblea;
- Del Directorio-Accionistas actual de la sociedad escindente, de la/las nuevas sociedades y autorizados para el trámite:
- CUIT/CUIL/CDI
- Apellido
- Nombre
- Nacionalidad
- Fecha de nacimiento
- Sexo
- Profesión
- Domicilio: Calle/Ruta – Nº - Piso – Dpto/Of– Km.
- Localidad, Departamento/Partido, Provincia, País
- Vínculo (accionista, miembro del consejo de administración, miembro del consejo de fiscalización, autorizado para el trámite)
- Cargo
- Fecha de inicio en el cargo
- Tipo y cantidad de Acciones
¿Cuánto cuesta?
- CARATULA (código 91066 - 300 MT) + TASA SOC (código 91163 - 3500 MT) + cantidad hojas * FOJA (código 91011 - 6 MT)
Instructivo para visualizar el valor del módulo tributario.
Guía para el pago de sellado (click)
¿Dónde se realiza?
- Inspección General de Personas Jurídicas (I.G.P.J)
Horario de Atención: lunes a viernes de 7:30 a 12:30
Sede Central Santa Fe:
Dirección: 4 de Enero 2498 (CP S3000FQD) Santa Fe
Teléfono/Fax: 54 - 342 - 4574778, 4573917
E-mail: igpjsantafe@santafe.gob.ar
Delegación Rosario:
Dirección: Sargento Cabral 575 (S2000CCU) Rosario
Teléfono: 54 - 341 - 4721367, 4721349
E-mail: igpjrosario@santafe.gob.ar
- Centros Cívicos
Horario de Atención: lunes a viernes de 8:00 a 13:00
Región 1 - Centro Cívico Reconquista
Dirección: Bvd. Hipólito Yrigoyen 1580 - Reconquista
Teléfono: 54 – 3482 - 438895 / 438896
E-mail: centrocivicoregion1@santafe.gob.ar
Formularios relacionados:
Normativas relacionadas:
Resolución Provincial 192/1974 - Sociedades por Acciones. Documentación para solicitar conformidad administrativa y eventuales reformas
Decreto Provincial 3810/1974 - Inspección General de Personas Jurídicas. Reglamentación Ley 6926
Ley Nacional 19550/1984 - Ley General de Sociedades 19.550
Resolución Provincial 0326/2006 - Objeto social de las sociedades por acciones
Tramites relacionados:
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