Personas Jurídicas: Escisión de Sociedad Comercial para la creación de nuevas sociedades por acciones
Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.
¿En qué consiste?
Este trámite permite realizar una reforma estatutaria de una sociedad comercial, que no sea por acciones, que destina parte de su patrimonio a la creación de otra u otras sociedades por acciones.
La sociedad escindente traspasa parte de sus activos y/o pasivos en bloque a una o varias sociedades que se constituyen.
Destinatario/s:
¿Qué necesito para realizarlo?
- Presentar el Formulario de Iniciación de trámites de la I.G.P.J (Inspección General de Personas Jurídicas)
- Nota que debe contener:
- Nombre de la sociedad
- C.U.I.T. de la sociedad
- Ubicación de la sede social
Presentar nota acompañando la siguiente documentación
- Copia del contrato constitutivo de la sociedad que se escinde y sus modificaciones, con las constancias de inscripción en el Registro Público de Comercio, e informe completo del mismo organismo.
- Copia del acta de la reunión de socios que resolvió la escisión firmada por los socios presentes y certificadas sus firmas por Escribano Público;
- Contrato constitutivo otorgado en instrumento privado firmado por los fundadores y certificadas las firmas por Escribano Público en el lugar y fecha de su otorgamiento; en caso de haberse otorgado en instrumento público, su testimonio o copia autenticada;
- Instrumento complementario firmado por los directores y síndicos designados, certificadas las firmas por Escribano Público, que exprese la aceptación del cargo. Este documento se omitirá en caso que las personas designadas fueren otorgantes del acto constitutivo.
- Del Directorio-Accionistas de la/las nuevas sociedades y autorizados para el trámite:
- CUIT/CUIL/CDI
- Apellido
- Nombre
- Nacionalidad
- Fecha de nacimiento
- Sexo
- Profesión
- Domicilio: Calle/Ruta – Nº - Piso – Dpto/Of – Km.
- Localidad, Departamento/Partido, Provincia, País
- Vínculo (accionista, miembro del consejo de administración, miembro del consejo de fiscalización, autorizado para el trámite)
- Cargo
- Fecha de inicio en el cargo
- Tipo y cantidad de Acciones
- Balance general cerrado a la fecha de la escisión que refleje en columna adicional las variaciones que imponga la reducción del capital, firmado por los representantes legales de la sociedad, certificadas sus firmas por Escribano Público, y por Contador, certificada su firma por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas;
- Balance general cerrado a la misma fecha que el anterior en el que conste por separado los bienes, derechos y obligaciones que quedan en el patrimonio de la sociedad y los que se destinan a la constitución de la nueva sociedad, firmado por los representantes legales de la sociedad, certificadas sus firmas por Escribano Público, y por Contador, certificada su firma por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas;
- Ejemplares de la publicación exigida por el artículo 83 inciso 2º de la ley 19.550/72;
- Informe firmado por los representantes legales de la sociedad escindente y por el profesional interviniente en los reclamos, certificada sus firmas por Escribano Público, sobre los acreedores oponentes y monto de sus créditos o en su defecto manifestación que los acreedores no han hecho uso de ese derecho;
- Informe firmado por los representantes legales de la sociedad escindente, certificadas sus firmas por Escribano Público, sobre los socios recedentes y capitales que representan, o en su defecto manifestación que los socios no han hecho uso de ese derecho;
- Documentación que acredite la titularidad del dominio de los bienes registrables con especificación de los gravámenes que lo afecten.
¿Cuánto cuesta?
Carátula: $120 (Código 91066)
Tasa: $1400 (Código 91163)
Sellado por fojas: $2,40 c/u (Código 91011)
¿Dónde se realiza?
- Inspección General de Personas Jurídicas (I.G.P.J)
Horario de Atención: lunes a viernes de 7:30 a 12:30
Sede Central Santa Fe:
Dirección: 4 de Enero 2498 (S3000FIF) Santa Fe
Teléfono/Fax: 54 - 342 - 4574778, 4573917
E-mail: igpjsantafe@santafe.gov.ar
Delegación Rosario:
Dirección: Sargento Cabral 575 (S2000CCU) Rosario
Teléfono: 54 - 341 - 4721349
E-mail: igpjrosario@santafe.gov.ar
- Centros Cívicos
Horario de Atención: lunes a viernes de 8:00 a 13:00
Región 1 - Centro Cívico Reconquista
Dirección: Hipólito Yrigoyen 1415 - Reconquista
Teléfono: 54 – 3482 - 438895 / 438896
E-mail: centrocivicoregion1@santafe.gob.ar
Región 2 - Centro Cívico Rafaela
Dirección: Bulevar Santa Fe 2771 - Rafaela
Teléfono: 54 - 3492 - 453062
E-mail: centrocivicoregion2@santafe.gob.ar
Región 5 - Centro Cívico Venado Tuerto
Dirección: 9 de Julio 1765 - Venado Tuerto
Teléfono: 54 -03642 - 408800 / 408801
E-mail: centrocivicoregion5@santafe.gob.ar
Formularios relacionados:
Normativas relacionadas:
Resolución Provincial 192/1974 - Sociedades por Acciones. Documentación para solicitar conformidad administrativa y eventuales reformas
Ley Nacional 19550/1984 - Ley General de Sociedades 19.550
Resolución Provincial 0326/2006 - Objeto social de las sociedades por acciones
Decreto Provincial 3810/1974 - Inspección General de Personas Jurídicas. Reglamentación Ley 6926
Tramites relacionados:
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