Personas Jurídicas: solicitud de inscripción de sociedades extranjeras
Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.
¿En qué consiste?
Este trámite permite a las Sociedades constituidas en otro país solicitar la inscripción en la Inspección General de Personas Jurídicas (IGPJ) para funcionar como persona jurídica en la Provincia. De acuerdo a la Resolución 321/2004 (a la que puede acceder haciendo click aquí)
¿Qué necesito para realizarlo?
- Formulario de Iniciación de trámites de la I.G.P.J (Inspección General de Personas Jurídicas).
- Acto constitutivo, estatuto y sus reformas.
- Un ejemplar de los estados contables de la sociedad correspondiente al último ejercicio cerrado aprobados por el órgano social competente.
- Constancia de su inscripción o de estar debidamente autorizada en su país de origen.
- Resolución del órgano que dispuso solicitar el reconocimiento.
- Designación del representante, enunciación de sus facultades y datos personales, quien deberá aceptar el cargo y constituir domicilio en jurisdicción de la autoridad de control.
-
Nota de presentación informando si la sociedad se halla alcanzada por prohibiciones o restricciones legales para desarrollar, en su lugar de origen, todas sus actividades o la principal o principales de ellas, acreditando además si realizan fuera de la República Argentina actividades relacionadas a su objeto o sean titulares de bienes fuera del país.
Si de la documentación presentada no se acredita lo expresado en el párrafo anterior deberán demostrar fehacientemente: la existencia de una o más agencias, sucursales o representaciones permanentes o la titularidad en otras sociedades de participaciones que tenga el carácter de activos no corrientes o la titularidad de activos fijos en su lugar de origen, probando su valor patrimonial y el porcentaje que representen en el capital de la sociedad participada, sin perjuicio, en caso de dudas, que la Inspección General de Personas Jurídicas pondere y adopte las decisiones sobre la base de otros elementos probatorios aportados por la sociedad extranjera. - La documentación proveniente del extranjero a que refiere la presente resolución deberá acompañarse autenticada en legal forma en el país de origen con la apostilla correspondiente - si proviene de países incorporados al régimen de la Convención de La Haya - o legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Culto y, en su caso, traducida a idioma nacional por traductor público matriculado, con su firma legalizada por el respectivo Colegio o entidad profesional.
-
Del representante y autorizados para el trámite:
-Apellido y Nombres
-CUIT/CUIL/CDI
-Nacionalidad
-Fecha de nacimiento
-Sexo
-Profesión
-Domicilio: Calle/Ruta – Nº - Piso – Dpto/Of – Km.
-Localidad, Departamento/Partido, Provincia, País
-Vínculo (representante o autorizado para el trámite)
-Cargo
-Fecha de inicio en el cargo
¿Cuánto cuesta?
- CARATULA (código 91066 - 300 MT) + TASA SOC (código 91163 - 3500 MT) + cantidad hojas * FOJA (código 91011 - 6 MT)
Instructivo para visualizar el valor del módulo tributario.
Guía para el pago de sellado (click)
¿Dónde se realiza?
- Inspección General de Personas Jurídicas (I.G.P.J)
Horario de Atención: lunes a viernes de 7:30 a 12:30
Sede Central Santa Fe:
Dirección: 4 de Enero 2498 (CP S3000FQD) Santa Fe
Teléfono/Fax: 54 - 342 - 4574778, 4573917
E-mail: igpjsantafe@santafe.gob.ar
Delegación Rosario:
Dirección: Sargento Cabral 575 (S2000CCU) Rosario
Teléfono: 54 - 341 - 4721367, 4721349
E-mail: igpjrosario@santafe.gob.ar
- Centros Cívicos
Horario de Atención: lunes a viernes de 8:00 a 13:00
Región 1 - Centro Cívico Reconquista
Dirección: Bvd. Hipólito Yrigoyen 1580 - Reconquista
Teléfono: 54 – 3482 - 438895 / 438896
E-mail: centrocivicoregion1@santafe.gob.ar
Formularios relacionados:
Formulario Foja Cero para inscripción de Sociedades Extranjeras - 1,41 MB
Normativas relacionadas:
Resolución Provincial 321/2004 - Sociedades Extranjeras